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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Martes, 15 de abril de 2003 Pág. 4.834

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

CÉDULA de 4 de marzo de 2003, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifican resoluciones de expedientes sancionadores incoados por infracciones administrativas en el orden social (571/1998 y uno más).

Intentada la notificación personal y devueltas por el servicio de correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la presente cédula se notifica a las empresas relacionadas las resoluciones en el orden social correspondiente.

Empresa: Piedra, Granito Colocación, S.L.

Domicilio-localidad: Benito Corbal, 14-4º C, Pontevedra.

Número expediente: 571/1998 970/1998 (AI).

Fecha resolución delegación provincial: 5-2-2003.

Preceptos infringidos: artículos 193, 197, 198, 205, 210 y 240 de la Ordenanza Laboral de la Construcción,

artículos 3 y 4 del R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, y artículo 9 del R.D. 773/1997, de 30 de mayo.

Preceptos sancionadores: artículos 45, 47.16.f) y 49 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.

Resolución: multa de 9.015,18 euros.

Empresa: Eurocontratas del Salnés, S.L.

Domicilio-localidad: Ousensa-Caleiro, 20, Vilanova de Arousa.

Número expediente: 548/2002 1264/2002 (AI).

Fecha resolución delegación provincial: 5-2-2003.

Preceptos infringidos: artigo 3.a), parte C, anexo IV, en relación con el artículo 11.1.c) de R.D. 1627/1997, de 24 de octubre.

Preceptos sancionadores: artículos 5.2, 12.16.f), 39.3.a) y c) y 40 del R.D. legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Resolución: multa de 1.502,54 euros.

Se hace saber a los interesados que pueden formular recurso de alzada ante la directora general de Relaciones Laborales, en el plazo de un mes, contado desde el siguiente día de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, advirtiendo que, de no ser interpuesto en tiempo y forma que procedan, deberán abonar la multa impuesta en una de las siguientes cuentas:

-Caixa Galicia, cta. Contable 840. Código 001.

-Caixanova Recaudación Xunta: modelo XTAX.

Ya que, en otro caso, se incoará el procedimiento de apremio ante la delegación de hacienda correspondiente.

Vigo, 4 de marzo de 2003.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Vigo