De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) intentada la notificación personal en el domicilio del interesado situado en la calle Magnolio, nº 5, 2º B (Ponteareas), el día 19-2-2003 a las 13.10 h, sin que ésta se pudiese practicar, se le notifica a José Carlos Piñeiro Vázquez, la resolución del delegado provincial de la CPTOPV, por la que se acuerda el archivo de las actuaciones sin mas trámite, que literalmente dice:
«Transcurrido el plazo de diez días concedido, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 72.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por oficio nº 12557 de fecha 22-11-2002, para la presentación de documentación, se le notifica que, ante su incumplimiento, se procede al archivo de la subvención personal amparada en el expediente de referencia.
Contra la presente resolución que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común».
Pontevedra, 13 de marzo de 2003.
José Manuel Iglesias Carrera
Delegado provincial de Pontevedra