De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), se notifican a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de recursos de alzada de los expedientes instruidos por infracción de la Ley 6/1991, de 15 de mayo, de infracciones en materia de protección de recursos marítimo-pesqueros (DOG nº 99, del 27 de mayo).
Los interesados disponen de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.
Los expedientes relacionados a continuación se encuentran a disposición de los interesados en la citada Delegación Territorial de Lugo en Celeiro-Viveiro, avda. Ramón Canosa, s/n, 27863.
Nº de expediente: PESAN1 2001/000087-2.
Denunciado: José Luis Estévez Barros.
DNI: 32642476-W.
Dirección: Vila Sánchez, A Pereira, Ferrol (A Coruña).
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 1.202,02 euros.
Resolución: desestimatoria confirmando la resolución recurrida.
Nº de expediente: PESAN1 2002/000114-2.
Denunciado: Pablo Roca de Dios.
DNI: 32659830-Z.
Dirección: Amando Pérez, 34-3º, Ribadeo (Lugo).
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 150,26 euros.
Resolución: desestimatoria confirmando la resolución recurrida.
Nº de expediente: PESAN1 2002/000115-2.
Denunciado: Álvaro Vázquez Méndez.
DNI: 77592699-Z.
Dirección: Méndez San Julián, 8, Ribadeo (Lugo).
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 150,26 euros.
Resolución: desestimatoria confirmando la resolución recurrida.
Nº de expediente: PESAN1 2002/000116-2.
Denunciado: Olga Muñoz Moreno.
DNI: 51067534-J.
Dirección: Amando Pérez, 34-3º, Ribadeo (Lugo).
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 150,26 euros.
Resolución: desestimatoria confirmando la resolución recurrida.
De conformidad con lo previsto en la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG nº 235, del 5 de diciembre), los importes de dichas sanciones deberán ser abonados en los plazos que establece el Reglamento general de recaudación, o de lo contrario se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria. Para el pago en período voluntario los interesados deberán recoger en la antedicha delegación territorial de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos el documento de ingreso correspondiente.
Celeiro-Viveiro, 12 de marzo de 2003.
Pablo Ramón Fernández Asensio
Delegado territorial de Lugo