Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, las denuncias que se formularon contra ellos. Por este motivo se iniciaron, con los números que se indican, los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a las sanciones que también se citan.
Se les hace saber el derecho que les asiste de alegar por escrito ante esta Subdirección General de Inspección de Transportes lo que consideren conveniente, haciendo llegar o proponiendo las pruebas que consideren oportunas dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta cédula.
Para que conste y les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 26 de febrero de 2003.
Alberto Eiras Martínez
Jefe de Servicio de Informes y Recursos
ANEXO
infringido sancionador propuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
PO-7804-BH
3325183846L145100493 Ernesto Caballero, 30
365 (Pontevedra)
23-1-2003; 13; N-640; 205,900
DX-00026-I-2003
Juan Carlos Aneiros Pérez, S.L.
Realizar transporte privado de mercancías (golosinas) con el vehículo matrícula PO-7804-BH que está en posesión de una autorización de transportes de la clase MPC-Nacional careciendo, en la parte exterior del mismo, de todos los distintivos relativos a la autorización de transportes de la que es titular.
O.M. de 25 de octubre de 1990 (BOE 30) Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/1990 90 euros