Agustín Ignacio Pena López, secretario del Juzgado de lo Social número uno de A Coruña, hago saber que en los autos número 450/2002 seguidos a instancia de Sonia Acuña Baldomir contra Rediscarta Galicia, S.L. y otros, sobre despido, la magistrada jueza de este juzgado, Isabel Olmos Parés, dictó auto, en fecha de 10 de febrero de 2003, con la siguiente parte dispositiva:
«Declaro resuelta con efectos del día de hoy la relación laboral entre Sonia Acuña Baldomir y la empresa Rediscarta Galicia, S.L. y Repris, S.L., que deberá abonar a aquella la cantidad de 3.257,49 euros en concepto de indemnización, y 5.829,82 euros en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de este auto.
Notifíqueseles a las partes esta resolución a los efectos pertinentes, advirtiéndoles que contra ella cabe recurso de reposición dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este mismo juzgado.
Lo acordó y firma Isabel Olmos Parés, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número uno de A Coruña, de lo que doy fe».
Y para que sirva de notificación a Rediscarta Galicia, S.L., que tuvo su última dirección reconocida en Agra da Bregua, 49, 15010 A Coruña, y que en la actualidad se desconoce, y a fin de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo el presente en A Coruña, a 10 de febrero de 2003.
El secretario judicial
Rubricado