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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 65 Miercoles, 02 de abril de 2003 Pág. 4.069

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

ORDEN de 26 de marzo de 2003 por la que se determina el importe máximo de las ayudas que se podrán otorgar en el ejercicio presupuestario de 2003 al amparo del Decreto 295/2002, de 17 de octubre, sobre subvenciones a fondo perdido para la reconstrucción protegida de viviendas en el medio rural de Galicia.

El Decreto 295/2002, de 17 de octubre, constituye el nuevo marco normativo por el que se regula la concesión de subvenciones para la reconstrucción protegida de viviendas situadas en el medio rural de Galicia.

Su artículo 6º dispone que estas ayudas se atenderán de la forma que será establecida mediante órdenes anuales de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda que cuantificarán las disponibilidades presupuestarias que puedan consignarse en cada ejercicio económico.

Su disposición final faculta al conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda para dictar,

en el marco de sus competencias, las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación del referido decreto.

En uso de la referida autorización,

DISPONGO:

Artículo único.-A efectos de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 295/2002, de 17 de octubre, se determina:

1. La aplicación del estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2003, donde figuran los créditos con cargo a los que serán atendidas las ayudas del Decreto 295/2002 es la 06.60.331A.781.0.

2. El importe máximo de estas ayudas que se podrán otorgar dentro del ejercicio presupuestario de 2003 será de 587.250 euros.

Disposición final

Única.-Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 26 de marzo de 2003.

Alberto Núñez Feijóo

Conselleiro de Política Territorial,

Obras Públicas y Vivienda