De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifican a los denunciados cuyos datos personales y última dirección conocida que se señalará a continuación, la propuesta de resolución de los correspondientes expedientes sancionadores por presunta infracción a la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestais y de su reglamento, aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, en relación con la Resolución de 24 de enero de 2002, de la Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural, sobre medidas para la prevención de incendios forestales durante el año 2002, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.
A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que puedan examinar el expediente en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo nº 18-5º piso, y presentar por escrito las alegaciones y los documentos, informaciones o propuestas de pruebas que consideren convenientes en la defensa de sus derechos, según lo establecido en el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.
Para resolver el expediente es competente por razón de la cuantía de la multa el delegado provincial de Medio Ambiente, de acuerdo con el artículo 141 del reglamento de la Ley de incendios forestales.
El pago voluntario pondrá fin al expediente. El importe de la sanción que en cada caso corresponda se hará efectiva, empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial de Ourense o en cualquier unidad administrativa perteneciente
a la Xunta de Galicia, presentándolo en cualquier entidad bancaria.
Ourense, 28 de febrero de 2003.
Montserrat González Pérez
Instructora
Vº Bº
Agustín Prado Verdeal
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
y sancionadorExpediente Denunciado DNI Última dirección conocida Hecho denunciado Precepto infringido
Sanción euros
DNI: M-305300 28001 Madrid 03PO4252
DNI: 36147268 24121 Sariegos M-7660-LC
DNI: 36003040 362047 Vigo PO-9879-AF
DNI: 30561345 48950 Erandio BI-5103-AU
DNI: 34830114 36206 Vigo PO-059211
DNI: 34708936 32600 Verín OR-9001-L
OU 544/02 IN José Alberto Ferreira Pinto
C/ Velázquez, nº 8
Abandono de vehículo
Artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-2-2002 de la DGM e IF 300,51 A
OU 505/02 IN Eleazar Teixeira Jiménez
Azadino
Abandono de vehículo
Artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-2-2002 de la DGM e IF 300,51 A
OU 523/02 IN José Benito Villamarín Rodríguez
C/ Venezuela, nº 72-1º
Abandono de vehículo
Artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-2-2002 de la DGM e IF 300,51 A
OU 527/02 IN Saturnino Celaya Fano
Obieta, nº 17-3º A
Abandono de vehículo
Artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-2-2002 de la DGM e IF 300,51 A
OU 528/02 IN Emilio Gómez Masid
Travesía de Vigo, nº 17
Abandono de vehículo
Artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-2-2002 de la DGM e IF 300,51 A
OU 539/02 IN Florentina Freiria Bahamonte
C/ Galicia, nº 2-1º
Abandono de vehículo
Artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-2-2002 de la DGM e IF 300,51 A