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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Miercoles, 19 de marzo de 2003 Pág. 3.354

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

CÉDULA de 5 de febrero de 2003, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se hace pública la resolución desestimatoria de 23 de diciembre de 2002 de la renta para el inicio de la actividad del expediente administrativo FM 341D 2001/1936-5.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), y no siendo posible la práctica de la notificación en el domicilio señalado por el interesado de la resolución desestimatoria de la subvención del expediente administrativo, conforme a lo establecido en la Orden de 1 de febrero de 2001 (DOG del 28 de febrero), se publica:

1. Expediente de renta para el inicio de la actividad: FM 341D 2001/1936-5.

Orden de la convocatoria: 1 de febrero de 2001 (DOG del 28 de febrero).

Interesado: César Fernández Groba.

Dirección: Couso, Guláns 48, 36860 Ponteareas (Pontevedra).

Asunto: resolución desestimatoria del delegado provincial de la Consellería de de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales de fecha 23 de diciembre de 2002, al amparo de la Orden de 1 de febrero de 2001 (DOG del 28 de febrero).

Resolución:

«Examinado el expediente de ayudas para el empleo autónomo, presentado por César Fernández Groba, y teniendo en cuenta los siguientes:

Antecedentes.

Primero.-La solicitud fue presentada el 28-9-2001.

Segundo.-Se solicita el siguiente tipo de ayuda:

-Subvención.

Tercero.-El Servicio de Fomento del Empleo de esta delegación provincial notificó el 11-12-2001 el requerimiento de subsanción de su solicitud.

Cuarto.-El solicitante no envió la documentación solicitada en el plazo concedido:

* DNI; certificado de inscripción en el Servicio Público de Empleo; informe de la vida laboral; facturas que justificasen la inversión; ficha de la solicitud de la trasferencia bancaria...

Fundamentos.

Primero.-La competencia, por delegación de la conselleira de de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales, de esta delegación provincial para conocer y resolver la presente solicitud, viene determinado por el artículo 2 de la Orden de 1 de febrero de 2001 por la que se establecen, entre otros, el programa de fomento del empleo autónomo (DOG del 8 de febrero).

Segundo.-El artículo 42.1º de la Ley de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre) del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación esta delegación provincial

ACUERDA:

Declarar el desestimiento de la solicitude de ayudas en concepto de la presentada por César fernández Groba.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y que contra la misma cabe formular recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, ante la Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia; asimismo, con anterioridad y con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación de esta resolución, ante esta delegación provincial, todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Vigo, 23 de diciembre de 2002. P.D. Joaquín Macías Sánchez. Delegado provincial de Pontevedra».

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Fomento de Empleo de la Delegación Pro

vincial de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales en Vigo.

Vigo, 5 de febrero de 2003.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Pontevedra