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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Martes, 18 de marzo de 2003 Pág. 3.267

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 25 de febrero de 2003 por la que se aprueba la modificación del artículo 13 de los estatutos de la Fundación Santiago Apóstol de Ciencias Sociales y se inscribe en el Registro de Fundaciones de este protectorado.

Analizado el expediente de referencia, promovido por la Fundación Santiago Apóstol de Ciencias Sociales.

Resultando que esta fundación fue clasificada como docente por Orden de 22 de abril de 1998 (DOG del 12 de mayo) y declarada de interés gallego por Orden de 15 de diciembre de 1998 (DOG del 4 de enero de 1999), encontrándose inscrita en el Registro

de Fundaciones de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria con el número 185.

Resultando que la Fundación Santiago Apóstol de Ciencias Sociales solicitó ante la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria la modificación de sus estatutos.

Vista la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la Ley 7/1983; así como el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, aprobado por el Decreto 248/1992, de 18 de junio, y la carta fundacional de la referida fundación.

Considerando que las fundaciones de interés gallego pueden modificar sus estatutos con las condiciones previstas en el artículo 38 del citado reglamento.

Considerando que en la tramitación del expediente se cumplieron los requisitos exigidos en el artículo 10 de la Ley 7/1983 y 32.3º y 38 del citado reglamento.

Considerando que esta modificación estatutaria es conforme con la voluntad fundacional, esta consellería

RESUELVE:

Primero.-Aprobar la modificación del artículo 13 de los estatutos de la Fundación Santiago Apóstol de Ciencias Sociales, que queda redactado así: «El patronato designará entre sus miembros un presidente, un vicepresidente y un secretario.

La presidencia de honor del patronato corresponde al arzobispo de la Archidiócesis de Santiago de Compostela».

Segundo.-Practicar la inscripción de esta modificación estatutaria en el Registro de Fundaciones de este protectorado, previa publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, fecha a partir de la cual entrará en vigor tal cambio estatutario.

Tercero.-La presente disposición pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 109 c) de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 25 de febrero de 2003.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria