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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 42 Viernes, 28 de febrero de 2003 Pág. 2.513

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 3 de enero de 2003, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acuerdo de prórroga del convenio colectivo de la empresa Stolt Sea Farm, S.A.

Visto el expediente del acuerdo de prórroga del convenio colectivo de la empresa Stolt Sea Farm, S.A., que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 2-1-2003, suscrito en representación de la parte económica por la empresa, y de la parte social por el comité de empresa, el día 18-12-2002, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscrición en el libro registro de convenios colectivos de trabajo, existente en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar el depósito del citado acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 3 de enero de 2003.

Mª Reyes Carabel Pedreira

Delegada provincial de A Coruña

Acta final.

Convenio colectivo de Stolt Sea Farm.

En Lira-Carnota, a las 10 del día 18 de diciembre de 2002, se reúnen en la sala de juntas de la empresa Stolt Sea Farm S.A., la comisión negociadora del convenio colectivo de la misma empresa, los siguientes miembros de esta:

Por la parte social:

Juan M. Saborido Rama.

Leopoldo Fernández Lariño.

Víctor Pena Caamaño.

Esteban Martínez Fondo.

Pedro Pazos Redonda.

Domingos Ramos Pérez.

Pedro Chouza Martínez.

Francisco Javier Fernández García.

Por la parte empresarial:

Pablo García Rodríguez.

Las partes acuerdan, por unanimidad, prorrogar, hasta el 31 de diciembre de 2003, el convenio colectivo en todos sus términos, incluidos los artículo 12 y 30 que hacen referencia la revisión salarial y tablas salariales respectivamente. Siendo, por lo tanto, el incremento salarial para el 2003 igual al IPC real del año anterior más un uno por ciento (1%) y se aplicará sobre todos los conceptos salariales.

Se firma el mismo para posterior remisión a la autoridad laboral a efectos de su registro y publicación en el BOP.

No habiendo más puntos a tratar, se da por finalizada la reunión, siendo las 11.30 horas de la fecha arriba indicada.