Por medio de esta cédula y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se notifica a los interesados las resoluciones de los expedientes sancionadores VP-C 5/02, VP-C 14/02, VP-C 17/02 e VP-C 22/02 que se inician en este organismo por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente, causa prevista en el artículo 5 c), de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de infracciones en materia de vivienda.
Por dicha infracción se les impone una multa, sin perjuicio de la obligación de destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente.
Contra estas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Y para que conste y les sirva de notificación a los interesados de dirección desconocida, en cumplimiento del artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en A Coruña, 30 de enero de 2003.
Mª Teresa Morán Calero
Jefa del Área Provincial de A Coruña
ANEXO
*VP-C 5/02.
José F. Castiñeiras Torre.
Urbanización Sol y Mar.
C/ Lope de Vega, bloque, 14, esc. 5, 1º B.
Oseiro (Arteixo).
Sanción: 601,02 euros.
*VP-C 14/02.
Mª Carmen Rodeiro Pazos.
Avda. Castelao, 8-3º A, bloque 19.
Polígono de Vite.
Santiago de Compostela.
Sanción: 601,02 euros.
*VP-C 17/02.
Juan J. Leborans Varela.
Avda. Castelao, 4 bajo A, bloque 17.
Polígono de Vite.
Santiago de Compostela.
Sanción: 601,02 euros.
*VP-C 22/02.
Francisco Cebreiro Fernández.
Polígono de Esteiro.
Avda. de Vigo, 201, 203-portal E, 1º B.
Ferrol.
Sanción: 601,02 euros.