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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 41 Jueves, 27 de febrero de 2003 Pág. 2.388

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EMIGRACIÓN

CORRECCIÓN de errores.-Orden de 14 de febrero de 2003 por la que se regulan los programas de ayudas y subvenciones para la promoción asistencial, social, cultural e informativa de las comunidades de gallegos asentadas fuera de Galicia.

Advertido error en la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 35, del 19 de febrero de 2003, es preciso realizar la siguiente corrección:

En la página 1.923, en el artículo 4.2º, donde dice: «El plazo de presentación de solicitudes finalizará, con carácter ordinario, el 31 de marzo de 2003. Con carácter extraordinario podrán ser atendidas aquellas otras solicitudes que se presenten fuera del citado plazo debido a la realización de actividades que por causas sobrevenidas no pudieran ser previstas antes del 31 de marzo de 2003, siempre que exista crédito suficiente en la partida presupuestaria destinada a estos fines», debe decir: «El plazo de presentación de solicitudes finalizará, con carácter ordinario, el 10 de abril de 2003. Con carácter extraordinario podrán ser atendidas aquellas otras solicitudes que se presenten fuera del citado plazo debido a la realización de actividades que por causas sobrevenidas no pudieran ser previstas antes del 10 de abril de 2003, siempre que exista crédito suficiente en la partida presupuestaria destinada a estos fines».

En la página 1.925, en el artículo 15.2º, donde dice: «El plazo de presentación de solicitudes finalizará, con carácter ordinario, el 31 de marzo de 2003. Con carácter extraordinario podrán ser atendidas aquellas otras solicitudes que se presenten fuera del citado plazo debido a la realización de actividades que por causas sobrevenidas no pudieran ser previstas antes del 31 de marzo de 2003, siempre que exista crédito suficiente en la partida presupuestaria destinada a estos fines», debe decir: «El plazo de presentación de solicitudes finalizará, con carácter ordinario, el 10 de abril de 2003. Con carácter extraordinario podrán ser atendidas aquellas otras solicitudes que se presenten fuera del citado plazo debido a la realización de actividades que por causas sobrevenidas no pudieran ser previstas antes del 10 de abril de 2003, siempre que exista crédito suficiente en la partida presupuestaria destinada a estos fines».

En la página 1.927, en el artículo 26.2º, donde dice: «El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de marzo de 2003», debe decir: «El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 10 de abril de 2003».