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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Lunes, 17 de febrero de 2003 Pág. 1.802

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE ARZÚA

EDICTO (380/2001).

José Manuel Silvosa Tallón secretario del Juzgado de Primera Instancia número uno de Arzúa hago saber

que en el proceso de ejecución seguido en dicho juzgado con el nº 380/2001 a instancia del procurador Caamaño Queijo, en nombre y representación de Banco Gallego, S.A. contra Queixerías San Miguel, S.L., Redisco, S.A., Milagros Prada González, Germán Ansotegui Sainz y Genoveva Prada González sobre ejecución hipotecaria se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación, se enumeran a continuación:

Bienes que se sacan a subasta y su valoración.

1. Vivienda unifamiliar, compuesta de planta baja de unos doscientos metros cuadrados y planta bajo cubierta, de unos ochenta y cinco metros cuadrados, que forman con el terreno no edificado una sola finca de extensión superficial de dos mil cuatrocientos metros cuadrados. Linda el conjunto: norte, muro propio que la cierra y por afuera, camino a tras del río; sur, finca de herederos de Segundo Rodríguez Pérez; este, muro propio que la cierra del camino del Agro y, oeste, finca de herederos de José Castelo Andrade, en plano más bajo. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Arzúa, en el tomo 452, libro 60, folio 24, finca nº 7.799.

Valor a efectos de subasta: 128.376,19 euros.

2. Nave destinada a asentamiento de fabrica de quesos, compuesta de planta baja de cuatrocientos diecisiete metros cuadrados, con una entreplanta de sesenta y tres metros cuadrados, a la que se accede por unas escaleras interiores, situada en el ángulo sur-oeste de la nave. Linda: por el sur, este y oeste, con resto de terreno no construido, con el que forma una sola finca y, por el norte, con José Iglesias Quintela. Terreno y nave forman una sola finca de la extensión superficial de cuatro mil setecientos metros cuadrados que linda: norte, por donde mide ochenta metros lineales, con finca de José Iglesias Quintela y esposa, sur con carretera de Santiago de Compostela a Lugo, en una longitud de setenta metros; este, con finca de Salvador Fernández, en una longitud de setenta y un metros y ochenta centímetros, y oeste, pista asfaltada en una longitud de sesenta y seis metros treinta centímetros, medidos desde el mismo límite de la carretera que va de Santiago de Compostela a Lugo.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Arzúa, en el tomo 452, libro 60, folio 25, finca 7.800.

Valor a efectos de subasta: 192.564,28 euros.

La subasta tendrá lugar en la sede de este juzgado O Cruceiro-Santa María, el día 12 de marzo de 2003 a las once horas.

Condiciones de la subasta.

1. Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

1º Identificarse de forma suficiente.

2º Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

3º Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este juzgado en el BBVA nº 1510 0000 05 380/01 o de que han prestado aval banario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con las cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hara constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2º del artículo 652 de la Ley 1/2000, de enjuiciamiento civil.

4º Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

5º Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

6º Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la Ley 1/2000, de enjuiciamiento civil.

7º Que la certificación registral está de manifiesto en la secretaría de este juzgado y los bienes se sacan a subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, estando a lo prevenido en la regla 5ª del artículo 140 del Reglamento para la ejecución de la Ley hipotecaria, entendiéndose por el mero hecho de particular en la subasta que los postores aceptan esta situación, así como que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes y que el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudica a su favor.

No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas.

8º La subasta se celebrará por lotes independientes.

9º Si por fuerza mayor, causas ajenas al juzgado o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al día siguiente hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

En Arzúa, diez de diciembre de dos mil dos.

El secretario

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