Descargar PDF Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 25 Miercoles, 05 de febrero de 2003 Pág. 1.332

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

CÉDULA de 2 de enero de 2003 por la que se notifica la suspensión del procedimiento sancionador S-P-21/02, en materia de protección del patrimonio cultural de Galicia.

Por medio de esta cédula se notifica a la persona que se señala en el anexo, con su última dirección conocida, la suspensión del procedimiento sancionador S-P-21/02, por causa de defecto de forma, consistente en la ausencia de firma en el escrito de alegaciones al acuerdo de incoación del expediente sancionador, presentadas con fecha de 11 de octubre de 2002, requiriéndole la subsanación de tal defecto, en un plazo no superior a diez días desde su publicación en este boletín oficial. De no ser así se entenderán como no presentadas, renunciando al derecho que le asiste de alegar ante la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

Se le comunica que para la subsanación del defecto de forma deberá personarse, debidamente acreditado, en la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

Para que conste y le sirva de notificación a la citada persona, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela a 2 de enero de 2003.

Roberto Pena Puentes

Instructor jefe del Servicio de

Vigilancia e Inspección del Patrimonio Cultural

ANEXO

Nº de expediente: S-P-21/02.

Interesada: Asociación de Vecinos de San Bartolomé de Rebordáns.

Última dirección conocida: c/ Loureiro, nº 8, 36700 Tui.

Hecho denunciado: obras de pavimentación en el parque-recinto de San Bartolomé de Rebordáns, sin contar con la previa y preceptiva autorización de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, al encontrarse situado en la zona antigua de la ciudad de Tui, declarada conjunto histórico-artístico por el Decreto 2286/1967, de 19 de agosto, teniendo la consideración de bien de interés cultural, desde la promulgación de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de patrimonio histórico español.

Precepto infringido: artículo 91 h) da Ley 8/1995, de 30 octubre, de patrimonio cultural de Galicia.

Precepto sancionador: artículo 95.2º da Ley 8/1995, de 30 octubre, del patrimonio cultural de Galicia.