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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 23 Lunes, 03 de febrero de 2003 Pág. 1.207

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

RESOLUCIÓN de 26 de diciembre de 2002 sobre autorización de apertura de un nuevo establecimiento de la agencia de viajes Andrómeda, S.A., sita en la calle Alcalde Rey Daviña número 39, bajo, Vilagarcía de Arousa (Pontevedra).

Examinado el expediente instruido a instancia de José Esteban Domingo Escamilla, en su calidad de representante legal de la entidad mercantil Viajes Andrómeda, S.A., titular de la agencia de viajes Andrómeda, S.A., del grupo minorista, con código de identificación GC 339 y casa central en la calle Ganduxer nº 59, de Barcelona, en solicitud de autorización de apertura de un nuevo establecimiento en la calle Alcalde Rey Daviña nº 39 bajo, Vilagarcía de Arousa (Pontevedra),

Resultando que, con la referida solicitud se aportó toda la documentación que se indica en el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo,

Considerando que en la empresa solicitante y en el nuevo establecimiento de la agencia de viajes concurren todas las condiciones esigidas por el mencionado decreto para la obtención de su autorización, Considerando que en la tramitación del expediente se observaron todos los requisitos y formalidades establecidos legal y reglamentariamente.

Vistos la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de ordenación y promoción del turismo en Galicia y el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo, esta dirección general

RESUELVE:

Autorizar a la agencia de viajes Andrómeda, S.A., del grupo minorista, con código identificativo GC 339 y casa central en la calle Ganduxer nº 59 de Barcelona, de la que es titular Viajes Andrómeda, S.A., la apertura de un nuevo establecimiento en la Calle Alcalde Rey Daviña nº 39 bajo, Vilagarcía de Arousa (Pontevedra), que podrá ejercer su actividad mercantil a partir de la fecha de publicación de esta Orden en el DOG, con sujección a lo preceptuado en el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo. Dicha agencia quedará inscrita en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma Gallega.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Previamente, podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG.

Todo ello sin prejuicio de la posibilidad de interponer recurso extraordinario de revisión en los supuestos y plazos previstos en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2002.

P.D. (Orden 12-1-1998)

María A. Antón Vilasánchez

Directora general de Turismo