Descargar PDF Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Miercoles, 29 de enero de 2003 Pág. 1.064

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (780/2002).

Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio de que en los autos seguidos ante este Juzgado de lo Social tramitados bajo el número 780/2002, a instancia de Manuel Ares Valle contra empresa Gesvaria, S.L. y Fogasa sobre salarios, se dictó la siguiente sentencia:

En la ciudad de A Coruña, 19 de diciembre de 2002.

Jorge Hay Alba, magistrado-juez del Juzgado de lo Social número dos de esta ciudad vio los presentes autos de juicio número 780/2002, seguidos por instancia de Manuel Ares Valle, mayor de edad, asistido

por el letrado Francisco Pampín Miras, contra la empresa Gesvaria, S.L., que no compareció en autos; y Fondo de Garantía Salarial, representado y asistido por el letrado Enma Pérez Díez del Corral, siendo el objeto de la reclamación salarios.

Siguen hechos y fundamentos de derecho.

Decido que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por Manuel Ares Valle, con intervención del Fogasa contra la empresa Gesvaria, S.L., condenando a la demandada a abonar al actor la cantidad de 2.748,06 pesetas por los conceptos reclamados en la demanda.

Notifíqueseles esta resolución a las partes a las que se les hará saber que contra la referida solo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de la justicia gratuita deberá al anunciarlo entregar el resguardo acreditativo de consignación de la cantidad objeto de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el BBV de esta ciudad con el número de cuenta 5603 clave 60, haciendo constar en el ingreso el número del expediente.

Y asimismo deberá en el momento de interponer el recurso consignar la cantidad de 150,25 euros en concepto de depósito en la clave 65 de la citada cuenta y expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la empresa Gesvaria, S.L., mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, que tiene su domicilio desconocido, expido y firmo la presente cédula en A Coruña a 19 de diciembre de 2002.

El secretario judicial

Rubricado