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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 18 Martes, 28 de enero de 2003 Pág. 1.009

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE A CORUÑA

RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2002 por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de marinero especialista (grupo IV-A) vacante en la plantilla de personal laboral de esta universidad.

Siendo urgente la provisión del puesto de marinero especialista número 61 de la vigente relación de puestos de trabajo del personal laboral de Administración y servicios, publicada por Resolución de 8 de agosto de 2000, y aprobado por la Junta de Gobierno el sistema de selección de concurso-oposición para su provisión, según establece el artículo 111.3º de los estatutos,

Este rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades (BOE del 24 de diciembre), así como en los estatutos de esta universidad, aprobados por decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre (DOG del 17 de septiembre) y modificados por decreto de la Xunta de Galicia 245/1998, de 30 de julio (DOG del 28 de agosto), y al objeto de atender las necesidades del Club Universitario,

RESUELVE:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de marinero especialista, grupo IV-A.

Las pruebas selectivas se realizarán con sujeción a las siguientes bases de la convocatoria:

1. Solicitudes.

1.1. Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en la instancia según modelo que figura como anexo IV. A la instancia se acompañará fotocopia del documento nacional de identidad, acreditándose además el pago de los derechos de examen en la forma prevista en el punto 1.2.

Las solicitudes se dirigirán al rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

La presentación de las solicitudes se hará en el registro general de la Universidad de A Coruña (edificio del Rectorado; calle de la Maestranza, s/n, CP 15001) y Ferrol (Vicerrectorado del Campus; Doctor Vázquez Cabrera, s/n, CP 15403), o en las restantes formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas y consulares españolas correspondientes.

1.2. Los aspirantes deberán justificar el ingreso en la cuenta corriente 0049-5030-15-2516011262, concursos-oposiciones; Banco Santander Central-Hispano de A Coruña, de la cantidad de 28,25 euros por derechos de inscripción. La solicitud deberá ir acompañada del justificante acreditativo del ingreso, cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso el pago supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en el punto 1.1.

1.3. Los aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso deberán acreditarlos mediante la presentación de los documentos justificativos originales o copias compulsadas. Los servicios prestados en la Universidad de A Coruña se acreditarán mediante certificación expedida por la gerencia de la universidad. La documentación acreditativa de los méritos estará referida a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Galicia de la presente convocatoria y deberá incorporarse a la solicitud.

1.4. Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán indicarlo en la casilla número 14 de la instancia y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, expresándolo en la casilla número 15.

1.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 1.1. para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta natu

raleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el tribunal.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación a libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta está definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación en los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España.

b) Haber cumplido dieciocho años de edad y no exceder de los sesenta y cinco.

c) Estar en posesión de una titulación de graduado escolar, formación profesional de 1 grado o titulación equivalente, o en condiciones de obtenerla en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

d) Estar en posesión del certificado de competencia marinera expedido por las autoridades competentes.

e) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas ni estar inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. Los aspirantes de nacionalidad no española deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.

3. Discapacidades.

3.1. Para la realización de las pruebas selectivas el tribunal calificador de las mismas establecerá, para las personas con minusvalías que lo hubiesen demandado en la solicitud de admisión, las adaptaciones posibles de tiempos y medios.

3.2. Si en el desarrollo del proceso selectivo se planteasen dudas al tribunal respecto a la capacidad de los aspirantes con alguna discapacidad para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los trabajadores de la categoría de marinero especialista, podrá solicitar el correspondiente dic

tamen del órgano competente de la Comunidad Autónoma.

4. Listas de admitidos y excluidos.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de veinte días naturales, el rector de la universidad dictará resolución, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia, declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, que será hecha pública en el tablón de anuncios del rectorado de la universidad y en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos y documento nacional de identidad y, en su caso, las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir de la publicación de la referida resolución, para corregir el defecto que motivase la exclusión. Transcurrido el citado plazo, el rector dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia.

4.2. El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo con lo previsto en la base 10.1 de esta convocatoria.

5. Sistema selectivo.

5.1. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, con la valoración de méritos, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

5.2. El programa de las pruebas de la fase de oposición es el que figura como anexo II.

6. Tribunal calificador.

6.1. El tribunal calificador es el que figura como anexo III de la presente convocatoria.

6.2. El tribunal en su constitución, composición y funcionamiento se atendrá a lo dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de personal de administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).

6.3. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en el número que considere necesario.

6.4. El tribunal tendrá la categoría cuarta de las recogidas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio (DOG del 25 de junio).

6.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de A Coruña (calle Maestranza, sin número).

7. Calendario de las pruebas.

7.1. El lugar y fecha de comienzo de los ejercicios será hecho público en la resolución rectoral que apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

7.2. La duración máxima de las pruebas selectivas será de un año desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

7.3. El orden de actuación de los aspirantes será la que determine la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma para el año en que se realice la prueba.

7.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en un único llamamiento, quedando decaídos en su derecho los que no comparezcan, excepto en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente considerados por el tribunal. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

8. Aspirantes de nacionalidad extranjera.

8.1. Con carácter previo a la realización de los ejercicios de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de un prueba, en la que se comprobará que posean un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

8.2. El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el Real decreto 826/1988, de 20 de julio (BOE del 29 de julio), por el que se establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba se calificará con apto o no apto, siendo necesario obtener la valoración de apto para pasar a realizar los ejercicios de la fase de oposición. Quedan eximidos de realizar esta prueba los aspirantes que acrediten mediante fotocopia compulsada estar en posesión del diploma superior de español como lengua extranjera establecido por el Real decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado y completado por el Real decreto 1/1992, de 10 de enero, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas. De no aportar esta documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo, en consecuencia, realizar la prueba descrita en el párrafo anterior.

9. Lista de aprobados.

9.1. El tribunal hará pública la valoración de los méritos de la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la fase de oposición.

9.2. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal calificador hará pública en el Rectorado de A Coruña, en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, y en el lugar o lugares de celebración del ejercicio, así como en aquellos otros que estime oportuno, la puntuación obtenida por los aspirantes en el mismo, así como, en su caso, la de cada una de las pruebas que lo compongan.

Posteriormente, el tribunal hará pública, en esos mismos lugares, la relación definitiva de aprobados, que en ningún caso podrá contener un número de candidatos superior al de las plazas convocadas, en la que constará el nombre y la puntuación de los aspirantes que, alcanzando la puntuación mínima exigida para superar los ejercicios de la fase de oposición, obtuviesen la mayor puntuación final calculada de acuerdo con el sistema previsto en el anexo I. Los opositores que no estén incluidos en las respectivas relaciones tendrán la consideración de no apto a todos los efectos, único extremo acerca del que el tribunal podrá certificar.

9.3. El tribunal remitirá al rector la relación definitiva de los aspirantes aprobados por el orden de esta puntuación final, con propuesta de que se les formalice el correspondiente contrato de trabajo.

10. Presentación de documentos y formalización de los contratos.

10.1. En el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente a aquél en que se hiciese pública la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas, éstos deberán presentar en el Servicio de Personal de la Universidad de A Coruña (calle de la Maestranza, s/n) los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a las pruebas.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que inhabilite en su Estado el acceso a la función pública.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

10.2. Cumplimentados debidamente por el aspirante que superó las pruebas selectivas los trámites de presentación de documentos, será contratado como marinero especialista de la Universidad de A Coruña.

10.3. El período de prueba será de seis meses, durante el que el trabajador tendrá los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso. Este período de prueba no será aplicable a los aspirantes que con anterioridad hayan desempeñado funciones de marinero especialista en la Universidad de A Coruña.

Segundo.-Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de personal de Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públi

cas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero) y a los estatutos de esta universidad, aprobados por Decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre (DOG del 17 de septiembre), modificados por el Decreto de la Xunta de Galicia 245/1998, de 30 julio (DOG del 28 de agosto), la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (BOE del 24 de diciembre), sobre acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, y a las bases de esta convocatoria.

Tercero.-La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ellas podrán ser impugnados ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada contra los actos del tribunal calificador de las pruebas ante el rector de la Universidad de A Coruña, en los términos previstos en el artículo 114 y concordantes de la mencionada ley.

A Coruña, 10 de diciembre de 2002.

José Luis Meilán Gil

Rector de la Universidad de Coruña

ANEXO I

Marinero especialista

Procedimiento de selección

Fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en la realización de tres ejercicios, todos ellos obligatorios.

Primer ejercicio: consistirá en contestar un cuestionario de, al menos, 60 preguntas con respuestas múltiples, entre las que sólo una será correcta, basado en el contenido que para este ejercicio se fija en los módulos I y II del programa.

Los aspirantes tendrán un plazo de al menos setenta y cinco minutos para la realización del ejercicio y su valoración será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 50 preguntas tipo test, con 4 respuestas alternativas, de las que sólo una será correcta, sobre uno o varios supuestos teórico-prácticos, que versarán sobre la parte específica del programa que figura como anexo II.

La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para tener acceso al siguiente ejercicio.

Tercer ejercicio: consistirá en la traducción, sin diccionario, de dos textos propuestos por el tribunal, uno del gallego al español y otro del español al gallego.

Su valoración será de 0 a 10 puntos. Este ejercicio no tendrá carácter eliminatorio

Valoración de la fase de oposición.

La calificación final de la fase de oposición se obtendrá de la siguiente forma:

(0,4xnota 1 ejercicio+0,55xnota 2º ejercicio+0,05xnota 3 ejercicio)x7, por lo que tendrá un valor máximo de 70 puntos.

Fase de concurso.

En esta fase se valorarán:

a) Los servicios prestados en la Universidad de A Coruña en el Club Universitario, en régimen de contrato temporal, a razón de 0,40 puntos por cada mes completo o fracción, hasta un máximo de 20 puntos.

b) Cursos impartidos por organismos públicos o empresas de prestigio reconocido relacionados con temas del programa específico y las funciones a desarrollar, hasta un máximo de 10 puntos.

* Cursos de más de veinte horas: 2 puntos.

* Cursos entre diez y veinte horas: 1 punto.

Sistema de puntuación.

La calificación final de las pruebas, que como máximo será de 100 puntos, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. En caso de empate dentro de cada apartado, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso; si esto no fuese suficiente, a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio; si esto no fuese suficiente, en el primer ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimiría por el orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose dicho orden por la letra a la que si refiere la base 7.3 de la presente convocatoria.

ANEXO II

Programa de las pruebas

Módulo I. Parte general.

1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido.

2. El Estatuto de autonomía de Galicia. Contenido.

3. La Ley orgánica de universidades. Autonomía de las universidades, régimen jurídico y estructura.

4. Estructura y organización de la Universidad de A Coruña: departamentos, escuelas, centros, institutos universitarios y centros adscritos.

5. El gobierno de la Universidad de A Coruña: órganos colegiados y órganos unipersonales.

6. El personal de la universidad. El personal docente y el personal de administración y servicios.

7. El personal laboral. Régimen jurídico. El I convenio colectivo de la Universidad de A Coruña

Módulo II. Parte específica.

1. Tecnología naval: el buque. Casco: partes del casco. Sistema de propulsión. Sistema de gobierno. Armamento. Elementos estructurales del casco. Nomenclatura del bote. Desplazamiento. Clases de desplazamiento. Centro de gravedad. Arqueo. Clases de arqueo. Estabilidad. Timones: descripción y partes. Ancla. Tipos de anclas más usuales. Equipo de fondeo. Molinete o maquinilla de levar. Hélice. Construcción y mantenimiento. La construcción en fibra de vidrio. Resinas. Construcción en madera. Construcción metálica. Embarcaciones neumáticas. Mantenimiento: cascos de madera: cascos metálicos. La ósmosis en los cascos de poliéster y su tratamiento. Pinturas marinas.

2. Cabullería: cabullería y elementos auxiliares. Cabos. Chicote. Seno. Firme. Vuelta. Tipos de cabos. Cabos preestirados. Cabos de Kevlar. Cabos de polipropileno. Cabos de nylon. Ballestrinque. Cote o malla. Nudo llano o de envergue. Vuelta de escota. As de guía. Margarita. Cables: tipos más usuales. Noray. Bolardo. Bita. Argolla. Muertos. Bichero. Defensa.

3. Propulsión y gobierno: efectos evolutivos. Acción de hélice avante y atrás. Fuerzas generadas por la hélice en marcha avante. Presión lateral de las palas. Corriente de expulsión. Fuerzas generadas por la hélice en la marcha atrás. Presión lateral de las palas. Corriente de expulsión. Acción del timón: evolución y gobierno. Acción del timón en la marcha avante. Acción del timón en la marcha atrás. Curva de evolución: sus diferentes fases. Evolución y gobierno en embarcaciones de dos hélices. Efectos evolutivos combinados de la hélice y el timón.

4. Amarre y fondeo: amarras. Boza. Codera. Faenas con cabos y cables. Amarre. Reglas generales de maniobra: velocidad de gobierno. Arrancada. Influencia en la maniobra y en la navegación de los agentes externos. Efecto del viento, mar y corriente. Deriva y abatimiento. Viento real y aparente. Barlovento y sotavento. Fondeo: elección de fondeadero. Longitud del fondeo. Maniobra de fondeo: preocupaciones generales estando fondeados. Garrear. Bornear.

5. Maniobras de atraque: atracar por babor en calma y con viento. Atracar por estribor en calma y con viento. Atracar de punta con ancla. Atracar de punta con muerto. Atracar fondeando un ancla. Desatracar con y sin ancla. Atracadas y desatracadas dando una codera a un muerto. Maniobra para abarloarse a otra embarcación. Abarloarse a un barco fondeado. Abarloarse a un barco a la deriva. Desatranque de entre barcos abarloados. Ciaboga.

6. Tecnología vélica: tecnología vélica. Jarcia firme y de labor. Diversos tipos de jarcia firme o muerta. Vientos. Drizas. Amantillos. Aparejo. Fuerzas que actúan sobre el palo. Velas. Materiales más usuales. Tipos de velas. Partes de la vela. Pañol de velas. Velas especiales. Tipología de las embarcaciones de vela.

7. Vela ligera: vela ligera. Optimist. Cadete. Moth Europa. Finn. Stel. 420. Vaurien. Snipe. Patin. Laser. Catamarán. Flaying Dutchman. Soling Cuter. Sloop.

Queche. Yol. Goleta. Tabla deslizadora a vela. Tipos de velas de TDV (Windsurf).

8. Propulsión a vela: técnica y propulsión a vela. Acción del viento sobre las velas. Presión del viento sobre la vela. Distribución de la presión del viento sobre la vela. Centro vélico. Viento real y aparente. Descomposición de fuerzas. Plano de deriva y centro de resistencia lateral. Efecto de la quilla en la navegación a vela. Diversos tipos de quilla. Par de evolución. Interacción entre la fuerza aerodinámica y la fuerza hidrodinámica. Par de escora. Influencia en la estabilidad que ejerce la marcha a la vela. Curva polar de la vela. Relación de aspecto o de forma. Curva polar de la vela. Relación de aspecto o de forma. Curva polar de la velocidad. Interacción de las velas. Efecto de la colocación de la tripulación a bordo en una embarcación de vela ligera. Efecto de la orza en el equilibrio del barco.

9. Navegación a vela: orientación de las velas. Portar y flamear. Relación del barco con el viento. Amurarse. Orzar. Partir el puño. Arribar. Partir de arribada. Navegar a ceñir. Navegar de través. Planeo. Navegar a un largo. Navegar por la aleta. Navegar en popa cerrada. Bordada. Escasear. Alargar. Maniobra a vela. Dar y cargar el aparejo. Cambios de velas y reducción del aparejo. Tomar rizos. Sistemas mecánicos para tomar rizos. Enrolladores. Virada por avante. Virada por redondo. Atracar a la vela. Desatracar a la vela. Fondear a la vela. Salir a la vela estando fondeados. Otras maniobras a vela. Fachear. Pairear. Acuartelar. Maniobra del spinnaker. Cabos de labor del Spi. Cabos de labor del tangón. Preparar la maniobra para izar el Spi. Izar el ssi. Trasluchar navegando con Spi. Arriar el Spi. Maniobra de hombre al agua navegando a vela. Seguridad a vela. Navegación a vela con mal tiempo. Correr un temporal. Capear. Empleo del aceite para calmar las rompientes. Ancla flotante,

construcción y uso.

10. Seguridad en la mar: aspectos generales de la seguridad. Circunstancias exteriores. Mal tiempo. Navegación con niebla. Tormentas eléctricas. Tráfico marítimo. Inundación. Abordaje: medidas a tomar después de un abordaje. Vía de agua. Pallete de colisión. Turafalla. Servicio de achique. Taponamiento de vías de agua desde el interior. Encajonadas. Naufragio y abandono del buque. Prevención de accidentes: idea sobre la reglamentación de seguridad.

11. Supervivencia: chaleco salvavidas. Guíndolas o aros salvavidas. Bengalas. Señal noche y día. Embarcaciones de recreo. Arnés de seguridad. Reflector rádar. Material reflectante para los elementos del salvamento. Traje de inmersión. Ayudas térmicas. Balsas salvavidas. Radiobalizas de localización de sinientros. Características generales. Vestuario en la mar. Hombre al agua. Prevención de la caída. Maniobra de recogida según se vea o no el náufrago. Servicio de búsqueda y salvamento de aeronaves. Tiempo que puede sobrevivir un náufrago en el agua. Precauciones al recoger al náufrago con mar gruesa. Salvamento de la dotación de un buque siniestrado en alta mar.

12. Contraincendios: incendio y explosión. Explosión a bordo. Clases de incendios. Triángulo y tetraedro del fuego. Extintores de incendios, portátiles y no portátiles. Causas más frecuentes que producen los incendios. Manejo de los extintores. Medidas para prevenir los incendios. Extinción de incendios.

13. Navegación: idea sobre la interpretación de una carta náutica. Milla, nudo. Concepto de rumbo y sus clases. Concepto de marcación y demora. Enfilaciones. Situación. Situación por dos demoras simultáneas.

14. Meteorología: presión atmosférica. Presión media al nivel del mar y escalas barométricas. Barómetros. Temperatura. Termómetro. Termómetro de máxima y mínima. Viento. Dirección del viento. Rolar. Rachear. Contraste. Refrescar. Amainar. Caer. Calmar. Circulación ciclónica y anticiclónica. Escala de Beaufort. Vientos costeros. Terral y virazón. Instrumentos de medición del viento. Anemómetro. Catavientos. Veleta. Idea sobre la previsión del tiempo con el barómetro y el termómetro. Idea de interpretación de una carta del tiempo. Informaciones meteorológicas locales, su interés para la navegación. Avisos a los navegantes.

15. Comunicaciones: nociones generales del sistema de radiocomunicaciones marítimas. Utilización de los equipos de radio VHF. Procedimiento y disciplina radiotelefónicos. Operaciones preliminares. Interferencias. Listas de llamada. Boletines meteorológicos. Radioavisos náuticos. Llamadas de socorro, urgencia y seguridad. Señal de socorro. Señal de urgencia. Señas de seguridad. Secreto de las comunicaciones. Número máximo de llamadas y precauciones a tomar al hacerlas.

16. Primeros auxilios: asfixia. Reanimación. Masaje cardíaco. Instrucciones para acudir nadando en auxilio del náufrago. Los métodos de respiración artificial. Estudio crítico de los mismos desde el punto de vista de su eficacia. Respiración boca a boca. Insolación. Hipotermia. Fracturas. Síntomas de las fracturas. Hemorragias arterial y venosa. Tratamiento de urgencia. Cuidados para con un accidentado. Traslado de accidentados en el barco. Primeros auxilios a los fracturados.

17. Propulsión mecánica. Motores diésel: clases de motores marinos para embarcaciones de recreo. Motores de combustión interna. Nomenclatura de las partes principales de los motores. Clasificación de los motores de combustión interna. Motor diésel. Ciclos de trabajo de un motor diésel de cuatro tiempos. Proceso de funcionamiento. Refrigeración de los motores diésel. Inercambiadores de calor para aceite y agua.

18. Motores de explosión: motor de explosión. Ciclos de trabajo de un motor de explosión de cuatro tiempos. Motor de explosión de dos tiempos. Instalación del motor fueraborda. Instalación del motor tipo Z drive

(cola en Z dentro-fueraborda). Motor fueraborda. Motor intraborda. Motor intra-fueraborda. Manejo y precauciones. Cuidados básicos. Puesta en marcha. Cuidados durante la marcha. Aceites de lubricación. Sistemas de engrase. Combustión. Regrigeración del motor fueraborda. Paro e inversión de marcha. Averías más frecuentes. Descebado del circuito de combustible. Contaminación del aceite de lubricación. Fallos en el encendido. Cambio de bujías. Batería y sistema eléctrico. Plato magnético. Delco. Motor de arranque tipo Bendix. Disyuntor. Precauciones en el relleno de combustible. Prevención de incendios en el motor.

19. Reglamentos, señales: Reglamento internacional para la prevención de abordajes en la mar. Faros y boyas. Apariencia de las luces. Período. Fases. Sectores. Alcance luminoso. Identificación de faros: normas prácticas. Balizas.

20. Prevención de la contaminación y legislación: Reglamento de policía de puertos. Prevención de la contaminación. Tratamiento de residuos. Aguas residuales, basuras, cenizas y otros desperdicios. Matrícula y despacho de las embarcaciones.

ANEXO III

Tribunal calificador

Titulares:

Presidente: José Luis Meilán Gil, rector de la Universidad de A Coruña.

Vocales:

Senén Fernández Hermida, coordinador de prácticas y del pañol del Club Universitario.

Jesús Fernández Jiménez, vicegerente de Control Interno.

Manuel Romero Beade, representante de los trabajadores.

Mª Josefa Padín García, representante de los trabajadores.

Secretario: Roberto Taibo Lago, jefe de la Sección de Extensión Universitaria, que actúa con voz y sin voto.

Suplentes:

Presidente: Francisco Blanco Filgueira, director de la Escuela Superior de la Marina Civil.

Vocales:

José Vicente Echevarría González, vicegerente de Recursos Humanos.

Juan Ramón Rego Álvarez de Mon, vicegerente de Asuntos Económicos.

Salvador Joaquín Peña Díaz, representante de los trabajadores.

Rogelio Lage Vázquez, representante de los trabajadores.

Secretaria: Mª Carmen Vidal Meijide, jefa de Negociado del Servicio de Extensión Universitaria, que actúa con voz y sin voto.