La Ley 6/2002, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2003 establece en su artículo 43 una modificación del Decreto 287/2000, de 21 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen de ayudas y subvenciones públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su regulación del plazo mínimo para la presentación de solicitudes de ayudas y subvenciones públicas, ampliándolo de 20 días hábiles a 40 días hábiles.
Asimismo el citado artículo establece que las órdenes de ayudas y subvenciones mantengan un escru
puloso respeto a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en lo que se refiere a la presentación de documentos que obran en poder de la Xunta de Galicia.
Como quiera que la orden que se modifica fue publicada con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 6/2002, de 27 de diciembre, presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2003, al habiendo tramitado en régimen anticipado, requiere su adaptación a los anteriores mandatos legales.
Para cumplir este mandato y una vez obtenidos preceptivos informes,
DISPONGO:
Artículo 1º
Se modifica el apartado 1º del artículo 5 correspondiente al plazo de presentación de solicitudes, quedando redactado como sigue:
El plazo para la presentación de las solicitudes será el comprendido entre el 29 de noviembre de 2002 y el 7 de febrero de 2003.
Artículo 2º
Se modifica el apartado 3º del artículo 5 correspondiente a las solicitudes y documentación, al que se le le añade el siguiente apartado:
No será necesaria la presentación de todos aquellos documentos que obren en poder de la Xunta de Galicia, debiéndose indicar el solicitante, con objeto de su rápida localización, a la unidad administrativa en que se encuentran.
Santiago de Compostela, 16 de enero de 2003.
Juan Rodríguez Yuste
Conselleiro de Industria y Comercio