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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Miercoles, 22 de enero de 2003 Pág. 794

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2002, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autorizan las instalaciones electromecánicas y se aprueba el proyecto de ejecución del aprovechamiento hidroeléctrico en el río Tronceda, Salto de Lagoa, término municipal de Mondoñedo, provincia de Lugo.

Visto el escrito presentado por Francisco Vázquez Fernández, en su calidad de administrador de la entidad Sociedad Española de Generación Eléctrica-Segel, S.L., con CIF B-27249788 y con domicilio calle San Roque, nº 4, 5º A, 27002 Lugo, solicitando autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución del aprovechamiento hidroeléctrico en el río Tronceda, Salto de Lagoa, en el término municipal de Mondoñedo, provincia de Lugo, resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho.

Primero.-Por Resolución del presidente de Aguas de Galicia, de fecha 19 de diciembre de 2000, se otorgó a favor de la Sociedad Española de Generación Eléctrica-Segel, S.L. una concesión para aprovechar 2.300 l/s de agua del río Tronceda, en el término municipal de Mondoñedo (Lugo), con destino a producción de energía eléctrica.

Segundo.-Con fecha 27 de julio de 2001, la Sociedad española de Generación Eléctrica-Segel, S.L., solicita la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones electromecánicas de la central hidroeléctrica del río Tronceda, Salto de Lagoa, aportando la documentación establecida al efecto por el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, de aplicación al presente expediente en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria undécima del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y el Real decreto 916/1985, de 25 de mayo, modificado por Real decreto 249/1988, de 18 de marzo.

Tercero.-Las instalaciones electromecánicas de la central hidroeléctrica del río Tronceda, Salto de Lagoa, según el proyecto de ejecución de la misma, firmado por el ingeniera de caminos Nuria González González

y por el ingeniero industrial Jorge Núñez Ares tienen las siguientes características:

-Azud de derivación y toma.

-Caudal máximo derivado: 2.300 l/s.

-Salto bruto: 83,85 m (entre cotas 440,7 y 355 m.s.n.m.).

-Dos turbinas tipo Francis de eje horizontal de 1.000 y 1.500 r.p.m., y de 1.700 y 600 l/s respectivamente.

-Dos generadores asíncronos de 1.575 y 555 kVA de potencia y tensión de generación de 0,66 kV.

-Un transformador de potencia de 2,5 MVA y relación de transformación 0,66/20 kV.

-Instalaciones de mando, control, protección y medida.

Cuarto.-La Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Lugo emitió informe favorable, proponiendo la autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución.

Fundamentos de derecho.

Primero.-La Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre y el Decreto 99/1998, de 26 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, modificado por el Decreto 181/1999, de 17 de junio, en relación con el Real decreto 1995/2000, de 1 de diciembre y el Real decreto 916/1985, de 25 de mayo, modificado por Real decreto 249/1988, de 18 de marzo.

Segundo.-En el expediente instruido al efecto se cumplieron los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas

RESUELVE:

-Autorizar administrativamente el aprovechamiento hidroeléctrico del río Tronceda, Salto de Lagoa, término municipal de Mondoñedo, provincia de Lugo.

-Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones electromecánicas de la citada central hidroeléctrica.

Queda obligada la empresa titular de la instalación, a notificar el comienzo y remate de las obras para su inspección y puesta en marcha, pudiendo la Administración autonómica dejar sin efecto la presente resolución, después del oportuno expediente, en el momento que observe incumplimiento de los reglamentos, condicionantes técnicos y de seguridad y medidas correctoras establecidas por los organismos y entidades que constan en el expediente de este aprovechamiento hidroeléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de enero de 2002.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria, Energía y Minas