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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 12 Lunes, 20 de enero de 2003 Pág. 641

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2002, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se autoriza y se aprueba el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica denominada L.M.T., C.T. y R.B.T. para concesión Rozadais 4271, en Casaio, ayuntamiento de Carballeda de Valdeorras (Ourense). (Expediente IN407A 02/22-3 A.T.).

Examinado el expediente instruido por petición de Pizarras Lomba, S.A., con domicilio para efectos de

notificaciones en la c/ Florencio Delgado Gurriarán nº 15-3º, 32300 O Barco de Valdeorras (Ourense), de autorización administrativa y aprobación de proyecto de la instalación eléctrica de referencia, resultan los siguientes antecedentes de hecho:

Primero.-La petición se sometió a información pública por acuerdo de 6 de mayo de 2002 de esta delegación provincial, publicado en el DOG del 24 de octubre en el BOP de Ourense del 21 de junio, en aplicación del artículo 125 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de aplicación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico.

Segundo.-Durante el período de información pública Juan Jesús Fernández García, en representación de Pizarras San Gil, S.L., presentó escrito en el que manifiesta su oposición a la autorización de esta instalación mientras no se resuelvan los recursos que tiene presentados, con las consecuencias que de ello se deriven:

1. Recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, contra la resolución de autorización administrativa y declaración de utilidad pública de la L.M.T. Canteras Casaio, con expediente nº IN407A 00/93-A.T., de titularidad de Unión Fenosa Distribución, S.A.. instalación en la que entronca la L.M.T. instada por Pizarras Lomba, S.A.

2. Recurso de alzada contra la resolución de la Dirección General de Industria 2-6-1997, que otorga a Pizarras San Gil, S.L. la demasía Rozadais III, por entender que se minora la superficie que le correspondía.

Tercero.-El proyecto contempla la ejecución de las instalaciones eléctrica que se detallan a continuación:

Línea aérea a 20 kV, en conductor L.A. 110 y apoyos metálicos, de 687 m, con origen en el apoyo existente nº 25 de la L.M.T. Canteras Casaio, propiedad de Unión Fenosa Distribución, S.A. y final en el C.T. proyectado en caseta prefabricada, de 250 kVA y r/t 20.000/380-220 V, a instalar en la cantera Rozadais; redes de baja tensión derivadas del C.T.

Presupuesto: 26.340,68 A.

Fundamentos de derecho.

Primero.-La Delegación Provincial de Industria y Comercio de Ourense es competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de Autonomía de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma gallega en materia de industria, energía y minas, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Real decreto 1955/2000 y por el Decreto 36/2001, de 25 de enero (DOG de 16 de febrero).

Segundo.-Con relación a la alegación presentada cabe decir que:

-La interposición de los recursos señalados no suspende la eficacia de los actos administrativos impugnados, según lo que señala el artículo 111 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico

de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y, por lo tanto, en el caso que nos ocupa, la instalación eléctrica objeto de este expediente toma tensión de una línea de Unión Fenosa Distribución, S.A. que tiene autorización de puesta en servicio otorgada por esta delegación provincial, después de seguir el trámite preceptivo para ello. Por este motivo se desestima la petición de Pizarras San Gil, S.L., y ello con independencia de lo que se resuelva en los recursos planteados y de la reparación, en su caso, de los daños causados en los intereses reclamados por dicha empresa.

Tercero.-El proyecto está informado favorablemente por los servicios técnicos de esta delegación provincial, y en el expediente se cumplieron los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo II del título VI del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que regula el procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Esta delegación provincial, de acuerdo con lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

Primero.-Autorizar a Pizarras Lomba, S.A. la ejecución de las instalaciones eléctricas previstas en el proyecto L.M.T., C.T. y R.B.T. para concesión Rozadais nº 4271, situadas en Casario, ayuntamiento de Carballeda de Valdeorras.

Segundo.-Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones autorizadas.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, 26 de diciembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Ourense, 3 de diciembre de 2002.

Ramón Fernández-Linares Bouza

Delegado provincial de Ourense