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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 11 Viernes, 17 de enero de 2003 Pág. 604

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MUGARDOS

ANUNCIO de aprobación definitiva del estudio de detalle para ordenar volúmenes, reajustar alineaciones y rasantes del SUNC-P8 Cantón de Cora del Plan General de Ordenación Municipal.

El ayuntamiento pleno, en la sesión celebrada el día 27 de diciembre de 2002, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.-Estimar parcialmente el punto tercero de la alegación presentada por Eduardo Filgueiras Bouza; la distancia del muro existente en la propiedade del alegante a la zona residencial que marca el PGOM (1,00 m) es inferior a la determinada por el estudio de detalle (2,70 m), por lo que debería corregirse este hecho, debiéndose poner en el estudio de detalle la profundidad de la zona residencial 1,00 m de fondo más que el muro existente en la propiedad del alegante.

Segundo.-Desestimar los demás puntos de la alegación por motivos expuestos en el informe del técnico municipal de fecha 15 de octubre de 2002, que se da aquí por reproducido.

Tercero.-Aprobar definitivamente el estudio de detalle para ordenar volúmenes, reajustar alineaciones y rasantes del SUNC-P8 Cantón de Cora, promovido por Bogamar Galicia, S.L., Varinca S.L., y Vaiben-Const., S.L. y redactado por el arquitecto José María Dopico Suárez, con fecha 28 de octubre de 2002; documento que ya contiene la alegación estimada parcialmente, tal y como consta en el informe del técnico municipal de fecha 11 de noviembre de 2002.

Cuarto.-Comunicar a los promotores que antes del inicio de las obras deberán tener en cuenta las consideraciones establecidas en el informe de la Demarcación de Costas de Galicia del Ministerio de Medio Ambiente, de fecha 19-12-2002, que seguidamente se transcribe:

«El estudio de detalle tiene como finalidad establecer las alineaciones, volúmenes y rasantes, estableciendo unas edificaciones de tipología plurifamiliar, destinando espacios públicos y privados.

Una de las citadas construcciones se proyecta de modo que se encuentra situada justo a 20 m del deslinde en el límite de la zona de servidumbre de pro

tección de costas. Dada esta singular característica, es preceptivo que antes del inicio de la construcción se solicite el replanteo de la dicha línea a esta demarcación.

En todo caso, no se permitirán vuelos, ni aleros sobre la servidumbre de protección de costas, si previamente no se acredita una autorización por el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Lo mismo cabe decir de todas las obras, instalaciones, desmontes o terraplenes que se ejecuten en dicha zona.

En el caso de que se realicen cierres en la costa se deberá garantizar previamente la servidumbre de tránsito de 6 m, de acuerdo con lo especificado en el artículo 27 de la Ley 22/1998, de costas, los accesos al mar deberán ser públicos y gratuitos, de acuerdo en el artículo 28 de la citada ley.

Con las anteriores consideraciones, se informa favorablemente el estudio de detalle del asunto».

Quinto.-Proceder a la publicación del presente acuerdo en Diario Oficial de Galicia y en el BOP, debiendo publicarse también en este último el documento que contiene la normativa y las ordenanzas tal y como preceptúa el artículo 48 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.

Sexto.-Comunicar al conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda el presente acuerdo, dándole traslado de una copia autenticada del expediente con todos los planos y documentos que integran el estudio de detalle, debidamente diligenciado por el secretario del ayuntamiento.

Séptimo.-Que se notifique el presente acuerdo a los interesados y al alegante con indicación de los recursos pertinentes.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.

Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo durante el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Mugardos, 2 enero de 2003.

Ramón Toimil Saavedra

Alcalde