Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que
se señalan en el anexo, las denuncias que se formularon contra ellos. Por este motivo se iniciaron, con los números que se indican, los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a las sanciones que también se citan.
Se les hace saber el derecho que les asiste de alegar por escrito ante esta Subdirección General de Inspección de Transportes lo que consideren conveniente, haciendo llegar o proponiendo las pruebas que consideren oportunas dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta cédula.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del pro
cedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 16 de diciembre de 2002.
Alberto Eiras Martínez
Jefe de Servicio de Informes y Recursos
ANEXO
infringido sancionador propuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
M-9192-IU
3328943324L145100493 Rivera, 22
36900 Marín (Pontevedra)
11-11-2002; 12.50; N-558; 4
art. 201 R.D. 1211/1990DX-00294-I-2002
Luis González García
Realizar transporte de mercancías (tierra) con el vehículo matrícula M-9192-IU (rígido de 3 ejes), que está provisto de autorización de la serie MDP-L, que presenta un peso total en báscula de 30.250 kilogramos, estando autorizado para un PMA de 26.000 kilogramos, lo que supone realizar transporte con un exceso de 4.250 kilogramos que representan un 16% de exceso sobre su peso máximo autorizado.
Art. 200.3º R.D. 1211/1990 Art. 143 Ley 16/1987,
900 euros