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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 8 Martes, 14 de enero de 2003 Pág. 450

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2002, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se concede a Cualicontrol-Aci, S.A. la renovación de la calificación de entidad reconocida para impartir cursos teórico-prácticos para la obtención de carnés profesionales de instalador y mantenedor autorizado de calefacción y A.C.S. y de climatización.

Examinada la solicitud y la documentación adjunta presentada por Celso Domínguez Couto en representación de Cualicontrol-Aci, S.A. con CIF A28604858 y domicilio en la c/ Caleruega 67, 28033 Madrid, solicitando la renovación de la calificación de entidad reconocida para impartir cursos teórico-prácticos para la obtención de carnés profesionales de instalador y mantenedor de calefacción y agua caliente sanitaria (A.C.S.) y de climatización.

Hechos.

Primero.-Con fecha 15 de octubre de 2002, Celso Domínguez Couto, en representación de Cualicontrol-Aci, S.A., presentó escrito solicitando al amparo de la Orden de 27 de diciembre de 2000, por la que se establece el procedimiento unificado para la obtención de carnets profesionales y exigencias a empresas autorizadas para instalación, mantenimiento y otras actividades en materia de seguridad industrial. (DOG del 16 de enero de 2001), que le fuese concedida la renovación como entidad reconocida para impartir cursos teórico-prácticos en los ámbitos solicitados.

A tal efecto, aportaba la documentación exigida en el artículo 13 de la citada orden.

Fundamentos de derecho.

Primero.-Esta dirección general es competente para resolver este expediente con base en el Estatuto de Autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 abril; en los RR.DD. 1634/1980, de 31 de julio y 2563/1982, de 24 de julio, en los Decretos 6/1982, de 29 de enero y 132/1982, de 4 de noviembre y en el Decreto 15/2002, de 24 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, con relación a la Orden de 27 de diciembre de 2000 por la que se establece el procedimiento unificado para la obtención de carnés profesionales y exigencias a empresas autorizadas para la instalación, mantenimiento y otras actividades en materia de seguridad industrial y la demás legislación concordante.

Segundo.-En la tramitación de este expediente se cumplieron todos los requisitos reglamentariamente establecidos.

Tercero.-La documentación presentada por Celso Domínguez Couto acredita que Cualicontrol-Aci, S.A. cumple con las exigencias establecidas en el artículo 13 de la Orden de 27 de diciembre de 2000 para su actuación en los ámbitos y categorías solicitadas.

Esta Dirección General de Industria de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

Primero.-Otorgar a Cualicontrol-Aci, S.A. la renovación de la calificación de entidad reconocida para impartir los cursos teórico-prácticos para la obtención de los carnés profesionales de instalador y mantenedor de calefacción y A.C.S., y de climatización, en el ámbito de la provincia de Ourense, de conformidad con lo establecido en el capítulo 5 de la Orden de 27 de diciembre de 2000.

Segundo.-Para impartir los cursos, se deberá comunicar a la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de la provincia de Ourense, antes de iniciar los cursos, fechas de inicio, programa, profesorado, listados de alumnos y lugar, horario y fecha de los exámenes, con el objeto de realizar el control correspondiente.

Tercero.-Esta autorización se deberá renovar a los dos años, para lo que deberá acreditar ante la dirección general competente en materia de industria el cumplimiento de lo requisitos exigidos en la autorización inicial.

Cuarto.-Las entidades reconocidas quedan obligadas a comunicar los cambios que se puedan producir en su estructura de personal durante el período de validez de la autorización, así como a presentar anualmente una memoria en la que se detallen las actividades desarrolladas.

Quinto.-Se podrá, mediante resolución motivada por el director general competente en materia de Industria, revocarse la autorización a dicha entidad en el caso que se incumplan las obligaciones y compromisos que resulten de lo dispuesto en la Orden de 27 de diciembre de 2000, DOG del 16-1-2001.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de notificación, recurso de alzada ante conselleiro de Industria y Comercio, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre) del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santiago de Compostela, 25 de noviembre de 2002.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria, Energía y Minas