Intentada la notificación personal y devueltas por el servicio de correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la presente cédula se notifica a las empresas relacionadas las resoluciones en la orden social correspondientes.
Se hace saber a los interesados que pueden formular recurso de alzada, ante el director general de Relaciones Laborales, en el término de un mes, contado desde el siguiente día de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre; advirtiendo que, de no ser interpuesto en tiempo y forma, deberá abonar la multa impuesta en una de las siguientes cuentas:
-Caixa Galicia, cta. contable 840. Código 001.
-Caixanova Recaudación Xunta: modelo XTAX.
Ya que en otro caso se incoará el procedimiento de apremio ante la delegación de Hacienda correspondiente.
Vigo, 16 de diciembre de 2002.
Antonio Coello Bufill
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
y localidad de expediente
Empresa Domicilio
Número
Fecha resol. deleg. prov. Precepto infringido Precepto sancionador Resolución
Quintela, 238
36954 Moaña 1553/99(AI)
18.030,36 A
36201 Vigo 988/02(AI)
4.507,62 A
Vigo 816/02(AI)
3.005,07 A
36940 Cangas 1080/02(AI)
Cnes. Jucast, S.L. Lameira,
730/1999
28-11-2002 Arts. 14 y 15 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, en relación con el art. 35 del Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre. Arts. 47.6º y 16 f) y 49 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre. Multa de
Pastry Shop Vigo, S.L. Uruguay, 6
419/2002
20-11-2002 Arts. 16, 18, 19 y 30 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre. Arts. 12.1º, 12.8º, 12.15º, 39 y 40 del R.D.L. 5/2000, de 4 de agosto. Multa de
Diseño Bernal I Outomuro, S.L. Progreso, 27, bajo.
433/2002
28-11-2002 Arts. 4.2º f) y 29.1º del Estatuto de los trabajadores. Arts. 8.1º, 39 y 40 del R.D.L. 5/2000, de 4 de agosto. Multa de
Reconspro de Rande, S.L. A Choupana, s/n
455/2002
8-11-2002 Art. 10 a) del R.D. 1627/1997, del 24 de octubre. Arts. 5.2º, 11.1º, 39 y 40 del R.D.L. 5/2000, de 4 de agosto. Anulación acta