En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28.5º del Decreto 80/2000, de 23 de mayo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal, esta dirección general dispone que se publique en el DOG el acuerdo adoptado por el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día 5 de diciembre de 2002, cuya parte dispositiva es el siguiente texto literal:
«1. Aprobar definitivamente la modificación del proyecto sectorial de incidencia supramunicipal del Plan Eólico de Galicia.
2. El planeamiento de los ayuntamientos afectados queda vinculado a las determinaciones contenidas en los proyectos sectoriales.
Consecuentemente no se requerirá autorización urbanística previa para las instalaciones incluidas en los proyectos sectoriales que se aprueben por el Consello de la Xunta de Galicia.
Santiago de Compostela, 20 de diciembre de 2002.
Ramón Ordás Badía
Director general de Industria, Energía y Minas