Descargar PDF Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Viernes, 03 de enero de 2003 Pág. 34

III. OTRAS DISPOSICIONES

ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2002 por la que se convoca el curso superior de gestión y disciplina urbanística.

Conforme a los fines que le asigna a este centro la normativa que lo regula (Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Admi

nistración Pública, modificada por la Ley 10/1989, de 10 de julio), la EGAP, en colaboración con la Revista de Derecho Urbanístico, convoca el curso superior de gestión y disciplina urbanística.

1. Objetivo. Desde una vertiente general, y con particular incidencia desde la perspectiva de la legislación gallega para adaptar las enseñanzas del contenido del curso a la singular realidad de nuestra comunidad, se pretende profundizar en los conocimientos tanto teóricos como prácticos de dos piezas claves del urbanismo: la gestión, instrumento esencial para su materialización y, se podría decir, para su propia existencia, y la disciplina urbanística, medio no menos relevante e inexcusable para asegurar un urbanismo eficaz y ordenado.

2. Contenido. Desde una visión teórico-práctica y de trabajo en equipo, se tratarán, entre otros, estos temas:

I parte: gestión, 92 horas lectivas.

-Panorama básico de derecho urbanístico actual: sistema de fuentes. Efectos de las sentencias del Tribunal constitucional 61/1997, de 20 de marzo, y 164/2001, de 11 de julio.

-Tipología de las clases de suelo. Efectos del Real decreto legislativo 4/2000. Régimen jurídico del suelo no urbanizable. Análisis de los usos y construcciones autorizables.

-Régimen jurídico del suelo urbanizable. Distinción entre el suelo urbanizable sectorizado y no sectorizado. Derechos y deberes del propietario del suelo urbanizable: el derecho de transformación.

-Características jurídicas del suelo urbano: carácter reglado, formas de acceso, requisitos legales y jurisprudenciales y definición categoría de solar. Análisis de interpretación jurisprudencial. Planes especiales de mejora del medio rural.

-Tipología de planeamiento urbanístico: general y de desarrollo. Relaciones entre planes. El planeamiento territorial y el planeamiento urbanístico en Galicia. Las figuras de planeamiento en la Ley del suelo de Galicia.

-Régimen urbanístico del suelo en los municipios sin planeamiento general. El nuevo marco normativo en la Ley del suelo de Galicia.

-El nuevo marco jurídico y su incidencia en la gestión urbanística. Efectos de la STC 61/1997 en los instrumentos de gestión. Los mecanismos de equidistribución tras la Ley 6/1998.

-Presupuestos de la ejecución del planeamiento. Régimen general de las actuaciones sistemáticas. Configuración básica de los sistemas de actuación en el ordenamiento urbanístico. La elección del sistema de actuación. Análisis de supuesto práctico.

-Delimitación de áreas de reparto y otros ámbitos de equidistribución autonómicos. Cálculo de los aprovechamientos tipo y medio. Incidencia de la Ley 6/1998 en las áreas de reparto y los aprovechamientos tipo en el planeamiento general no adaptado.

-La delimitación de unidades de ejecución: requisitos y procedimiento. Especialidades de la delimitación de unidades de ejecución en suelo urbano. Análisis de supuesto práctico.

-Aspectos básicos del sistema de actuación por compensación. El proceso de constitución de una junta de compensación: novedades introducidas por las legislaciones autonómicas.

-Régimen jurídico de los estatutos y bases de actuación. Análisis de supuesto práctico.

-El proyecto de compensanción: contenido y régimen jurídico. Análisis de supuesto práctico de proyecto de compensación.

-Responsabilidad de la junta de compensación e impugnación de sus acuerdos. Competencia y régimen jurídico de las entidades de conservación.

-Características generales del sistema de actuación por cooperación. Estudio de las peculiaridades autonómicas. Máximas de experiencia en la práctica de la cooperación.

-La ejecución de la urbanización, contratación y costeamiento.

-El proyecto de reparcelación: régimen jurídico y contenido. Análisis práctico de un proyecto de reparcelación.

-La ejecución urbanística a través del sistema de actuación por expropiación. Tramitación del procedimiento y determinación del justiprecio. Ocupación e inscripción en el Registro de la Propiedad. La reversión de terrenos expropiados.

-Análisis de otros sistemas de actuación autonómicos: la ejecución forzosa, el sistema de concierto, sistema de ejecución empresarial.

-Análisis práctico de un expediente de expropiación forzosa.

-Características jurídicas del urbanizador como agente de gestiones urbanísticas. Mecánica del urbanizador en las diferentes normas autonómicas que acogen este modelo urbanístico: los programas de actuaciones integradas y agrupaciones de interés económico.

-Análisis del supuesto práctico de actuación urbanística a través de urbanizador.

-Concepto y naturaleza jurídica de los convenios urbanísticos con los particulares. Procedimiento de elaboración y aprobación. Convenios urbanísticos entre administraciones públicas. Régimen jurídico y análisis de supuestos prácticos.

-Régimen jurídico de los convenios urbanísticos, con especial referencia a sus límites. Análisis de la legislación urbanística autonómica, con especial referencia a la Ley de Galicia. Los convenios urbanísticos en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

-Análisis pormenorizado de los convenios de gestión urbanística. La responsabilidad de las administraciones públicas derivada de los convenios urbanísticos.

-Análisis de supuestos prácticos.

-La inscripción registral de los actos de naturaleza urbanística. En especial, de los proyectos de equidistribución.

-Análisis de supuestos prácticos y de resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado.

-La gestión de dotaciones públicas. Sistemas generales y dotaciones locales. Expropiación y ocupación directa.

-Análisis práctico de obtención de terrenos dotacionales.

-La reversión de los terrenos expropiados. Los supuestos de reversión en la legislación urbanística: especialidades. Expropiaciones sectoriales y modificación del uso por alteración del planeamiento.

-Estudio de casos prácticos.

-Régimen indemnizatorio por alteración del planeamiento. Supuesto y régimen jurídico.

-La indemnización por vinculaciones singulares en la ordenación urbanística. Análisis de supuestos jurisprudenciales.

-Especialidades de la gestión en suelo urbano: diferencias en la equidistribución. Régimen jurídico del suelo urbano no consolidado por la urbanización: configuración y derechos y deberes. Análisis de supuestos prácticos.

-Régimen jurídico del suelo urbano consolidado por la urbanización: aspectos prácticos de gestión urbanística.

-La aplicación de las áreas de reparto y aprovechamiento tipo en suelo urbano. Gestión de transferencias de aprovechamientos urbanísticos en suelo urbano.

-Análisis de supuesto práctico.

-Régimen jurídico del urbanismo comercial. Aspectos básicos de la ordenación del comercio minorista: tipología de establecimientos comerciales. Diferencias de régimen jurídico. Régimen jurídico de la planificación de equipamientos comerciales.

-El establecimiento comercial como equipamiento dotacional privado. Régimen jurídico de las reservas de suelo para usos comerciales. Régimen jurídico de la autorización para la apertura de establecimientos comerciales. El control de la decisión de la autorización o denegación. Relación con la licencia urbanística.

-Los patrimonios públicos del suelo. El patrimonio municipal del suelo: constitución, destino y cesiones. Otros patrimonios públicos.

-Régimen jurídico de los derechos de tanteo y retracto. Derecho de superficie.

-La promoción de viviendas con protección pública en la gestión urbanística. Modelos de actuación: vinculación del suelo a la construcción de vivienda protegida, la reserva de terrenos para la vivienda protegida y las redes de viviendas públicas.

-Régimen jurídico de la protección pública a la vivienda: préstamos cualificados, subsidiaciones y subvenciones. Limitaciones a la propiedad en razón del acceso a estas ayudas. Régimen jurídico específico de los promotores para usos propios.

-Principios básicos de la Ley de ordenación de la edificación. Exigencias técnicas y administrativas de la edificación. Breve referencia a las licencias urbanísticas.

-Régimen jurídico básico de los agentes de la edificación: derechos y deberes. Responsabilidades y garantías de los agentes que intervienen en el proceso de edificación.

II parte: disciplina, 48 horas lectivas.

-La disciplina urbanística: concepto. Regulación estatal y autonómica. Especialidades genéricas de la legislación urbanística gallega en el ámbito de la disciplina.

-Análisis de los actos urbanísticos sujetos a licencia urbanística. Legislación estatal, autonómica y planeamiento municipal. Especialidades de las licencias en dominio público.

-Régimen jurídico de las licencias de obras: concepto, procedimiento y efectos de su otorgamiento. Análisis de los conceptos proyecto técnico y técnico competente.

-Régimen del silencio administrativo y denuncia de mora: análisis de la jurisprudencia aplicable. La suspensión del otorgamiento de licencias: suspensión potestativa, automática e indemnizaciones procedentes.

-Régimen jurídico de las licencias de edificación, primera ocupación, cambio de uso y habitabilidad.

-Régimen jurídico de las licencias de apertura, de actividad y de actividad clasificada. Análisis de ejemplos prácticos.

-Régimen jurídico de las licencias provisionales de las licencias condicionadas. Especialidades de las licencias en dominio público, en suelo no urbanizable y en el patrimonio histórico-artístico.

-Licencias de las actuaciones promovidas por las administraciones públicas.

-Régimen jurídico de la extinción de los efectos de las licencias urbanísticas: renuncia, revisión, caducidad y revocación.

-Análisis práctico de licencias urbanísticas.

-El deber de conservación en la legislación urbanística. Régimen jurídico de las órdenes de ejecución. La rehabilitación urbanística.

-La declaración de ruina como límite del deber de conservación. Singularidades de la ruina inminente. El procedimiento de declaración de ruina. Análisis de supuesto práctico.

-Régimen jurídico de las obras en ejecución sin licencia u orden de ejecución o sin ajustarse a las condiciones de una u otra: procedimiento, órganos competentes, plazos y requisitos.

-Régimen jurídico de la suspensión de los actos urbanísticos sin licencia como medida de protección de la legalidad urbanística. Efectos sobre los materiales y maquinaria utilizados y suministros. Análisis de supuesto práctico.

-Especialidades de las medidas de protección de la legalidad de las obras terminadas: concepto, plazos y ámbito de aplicación. El procedimiento de legalización.

-Especialidades de la protección de la legalidad urbanística en zonas verdes, espacios libres, dotaciones, equipamientos y suelo rústico con especial protección. La demolición de las construcciones incompatibles con el planeamiento urbanístico. Análisis de jurisprudencia y de supuesto práctico.

-Otras medidas de protección de la legalidad urbanística, en especial, la revisión de licencias y el visado de los colegios profesionales.

-Régimen jurídico de las infracciones urbanísticas: concepto, tipología y reglas para la imposición de sanciones. Definición de las personas responsables.

-El procedimiento sancionador en materia urbanística; en especial, órganos competentes, caducidad y prescripción.

-Análisis práctico de procedimiento de disciplina urbanística.

-Responsabilidad patrimonial por actos de intervención y uso del suelo: anulación y revocación de licencias; suspensión de licencias, denegaciones de licencias.

-Responsabilidad patrimonial por actos de información urbanística. Indemnización por limitaciones singulares y otros supuestos indemnizatorios contemplados por la normativa estatal o reconocidos por la jurisprudencia. Análisis práctico de expediente de responsabilidad patrimonial en materia urbanística.

-Delitos cometidos por promotores, constructores o técnicos directores. Delitos cometidos por autoridad o funcionario público.

-Análisis de la jurisprudencia de diferentes órganos jurisdiccionales sobre delitos contra la ordenación del territorio.

3. Destinatarios. El curso convocado tiene como destinatarios a los funcionarios de carrera y personal interino de los grupos A y B que estén en posesión del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, o el de diplomado, arquitecto o ingeniero técnico, pertenecientes a la Xunta de Galicia o a la Administración local gallega, así como el persoal laboral de una o de otra Administración, de los grupos I y II, que se encuentren en posesión de cualquiera de los títulos anteriormente citados.

A los efectos de lo establecido en la Resolución de 26 de octubre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que, en cumplimiento de lo dispuesto en la orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, se determinan los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local, este curso se les valorará con dos puntos a aquellos alum

nos aprobados que estén comprendidos dentro del ámbito de aplicación de la citada normativa.

Siempre que existan plazas disponibles, porque no se hayan cubierto las convocadas entre el persoal al que se refiere el primer apartado de este epígrafe, también podrán optar a la obtención del certificado de aprovechamiento profesionales liberales que dispongan del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, o de diplomado, o bien el de arquitecto o ingeniero técnico.

4. Plazas. El número de plazas es limitado.

5. Derechos de inscripción. Los derechos de inscripción se fijan en las siguintes cuantías, según estos casos:

1. Mil ciento cuarenta euros (1.140 euros), para todos aquellos solicitantes que pertenezcan a las administraciones autonómica o local gallegas, cumplan las condiciones prescritas en el primer párrafo del epígrafe «destinatarios» y que, además, en el desarrollo de su trabajo habitual realizen tareas que estén vinculadas con el urbanismo. Esta circunstancia se acreditará mediante certificación expedida por los secretarios generales, respectivamente, de la consellería, delegación, diputación o corporación municipal.

El importe anterior lo podrán hacer efectivo los interesados de una sola vez o en cuatro plazos de doscientos ochenta y cinco euros (285 euros) cada uno, de acuerdo con la siguiente modalidad:

-El primer plazo, o la totalidad de la matrícula, deberá ingresarse en el momento de formalizar la inscripción.

-El segundo se hará efectivo antes del uno de marzo de dos mil tres.

-El tercero se abonará antes del día uno de abril de dos mil tres.

-El cuarto se satisfará antes del día uno de junio de dos mil tres.

2. Mil seiscientos ochenta y cuatro euros (1.684 euros), para el resto de los solicitantes que pertenezcan a las administraciones autonómica o local gallegas, cumplan las condiciones prescritas en el párrafo primero del epígrafe «destinatarios», pero que no puedan acreditar en la forma establecida que sus tareas habituales están conectadas con el urbanismo.

La cuantía consignada se podrá hacer efectiva de una sola vez, o en cuatro plazos, y será de cuatrocientos veintiún euros (421 euros) cada uno, de acuerdo con la siguiente modalidad:

-El primer plazo, o la totalidad de la matrícula, se deberá ingresar en el momento en que se formalice la inscripción.

-El segundo se hará efectivo antes del uno de marzo de dos mil tres.

-El tercero se abonará antes del día uno de abril de dos mil tres

-El cuarto se satisfará antes del día uno de junio de dos mil tres.

3. Dos mil doscientos veinticuatro euros (2.224 euros), para los demás peticionarios que no tengan la condición de personal al servicio de alguna de las administraciones públicas anteriormente citadas, bajo la exigencia o requisito establecidos con precedencia.

El mencionado importe se podrá ingresar de una sola vez o en cuatro plazos de quinientos cincuenta y seis euros (556 euros) cada uno, de acuerdo con la forma que se determina a continuación:

-El primer plazo, o la totalidad de la matrícula, se deberá ingresar en el momento en que se formalice la inscripción.

-El segundo se hará efectivo antes del uno de marzo de dos mil tres.

-El tercero se abonará antes del día uno de abril de dos mil tres.

-El cuarto se satisfará antes del día uno de junio de dos mil tres.

6. Forma de pago. El abono del primer plazo, o de la totalidad de la matrícula en el caso de hacerse en un pago único, se efectuará mediante ingreso en la cuenta corriente de la EGAP en la Caixa de Aforros de Galicia, oficina de organismos de Santiago de Compostela, nº 2091-0388-95-3110000520.

El pago del segundo y sucesivos plazos se realizará utilizando el impreso que le será entregado por la EGAP a los alumnos admitidos en el curso.

7. Incumplimiento de los plazos de pago. Los alumnos que no hagan efectivo el importe de los derechos de inscripción dentro de los plazos marcados para cada caso, perderán su condición de asistentes a este curso y no tendrán derecho a la devolución de las cuantías ingresadas con anterioridad.

8. Plazo de inscripción, solicitudes y documentos. Para la participación en este curso, se abre un plazo de inscripción, que comenzará el 3 de enero de 2003 y finalizará el día 5 de febrero de ese mismo año, para que las personas que figuran como destinatarias de este curso la puedan formalizar, según el modelo que figura en el anexo de esta convocatoria.

Para la formalización de la inscripción será preciso remitir el pertinente boletín con los siguientes documentos:

a) Si el peticionario es funcionario o personal interino:

-Fotocopia del DNI.

-Certificado de encontrarse en situación de servicio activo o de servicios especiales en la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia o de la Administración local gallega.

Este certificado debe ser expedido, según los casos, por el secretario general de la respectiva consellería, delegación, ayuntamiento o de la diputación.

-Si el solicitante, en su trabajo habitual, realiza tareas que estén vinculadas con el urbanismo, certificado expedido por las personas señaladas en el párrafo que antecede, en el que se manifeste expresamente este aspecto.

-Certificado en el que se indique explícitamente que el interesado es funcionario de carrera o personal interino del grupo A o B. Este documento lo deberán expedir los mismos funcionarios citados en los párrafos anteriores.

-Original o copia debidamente cotejada de estar en posesión del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, o de diplomado, arquitecto o ingeniero técnico.

-Justificante de transferencia por la totalidad de los respectivos derechos de inscripción, o bien por el primer plazo.

b) Si el peticionario es persoal laboral:

-Fotocopia del DNI.

-Certificado de pertencer a la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia o a la Administración local gallega.

-Certificado en el que se haga constar expresamente que el interesado pertenece al grupo I o II.

Los dos anteriores documentos los debe expedir, según los casos, el secretario general de la respectiva consellería, delegación, ayuntamiento o de la diputación.

-Si el solicitante, en su trabajo habitual, realiza tareas que estén vinculadas con el urbanismo, certificado expedido por las personas señaladas en el párrafo que antecede, en el que se manifeste expresamente este aspecto.

-Original o copia debidamente cotejada de estar en posesión del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, o de diplomado, arquitecto o ingeniero técnico.

-Justificante de transferencia por la totalidad de los respectivos derechos de inscripción, o bien por el primer plazo.

c) Para los restantes peticionarios:

-Fotocopia del DNI.

-Original o copia debidamente cotejada de estar en posesión del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, o de diplomado, arquitecto o ingeniero técnico.

-Currículum vitae.

-Justificante de transferencia por la totalidad de los respectivos derechos de inscripción, o bien, por el primer plazo.

9. Criterios selectivos. Si los solicitantes son funcionarios, personal interino o persoal laboral, los criterios selectivos para la admisión en este curso serán, por este orden, los siguientes:

1º Que exista una relación directa entre las tareas que realiza el interesado en el desempeño de su puesto de trabajo y la materia objeto de este curso.

2º Haber realizado, durante los últimos cinco años, un menor número de cursos relacionados con contenidos temáticos similares al que ahora se convoca.

3º La antigüedad, y como tal se entiende la fecha de ingreso del interesado en la Administración pública.

De quedar plazas libres, después de hecha la selección entre el personal funcionario o laboral de cualquiera de las administraciones públicas gallegas indicadas anteriormente, el criterio selectivo de los restantes peticionarios, en los que no concurra la mencionada condición, será como se expresa a continuación:

-Gozarán de preferencia aquellos solicitantes que documentalmente acrediten que su actividad profesional mantiene relación con el urbanismo y puedan demostrar, a través de su currículum, una constatada experiencia en este campo (por ejemplo, publicaciones, cursos de especialización, trabajos de investigación, etc. vinculados con la materia expresada).

Toda la documentación que remitan los solicitantes, que no sea original, tendrá que venir debidamente cotejada.

En cualquier caso, esta convocatoria se regirá por los criterios de participación en las actividades docentes de la Escuela Gallega de Administración Pública, publicados en el DOG nº 149, del 3 de agosto de 1994.

10. Certificado de aprovechamiento. Para la superación de este curso y la obtención del aludido certificado de aprovechamiento, cada alumno deberá presentar un trabajo sobre una materia, que deberá aprobar previamente el director de esta actividad, y que tendrá relación con la temática de la actividad convocada.

La extensión mínima del trabajo será de 20 folios, excluidas citas y bibliografía, con un número de líneas por folio no inferior a 27, a doble espacio.

El plazo de entrega del trabajo se fijará durante la realización del curso y se les comunicará a los alumnos con tiempo.

La aprobación del repetido curso queda también supeditada a que los alumnos acudan con regularidad al mismo y que su asistencia a esta actividad suponga un porcentaje superior al 85% de las horas programadas. Los participantes que no alcancen aquel límite, sea cual sea la causa, quedarán eliminados, con la pérdida de todos los derechos.

11. Desarrollo. El curso se realizará en la Escuela Gallega de Administración Pública, calle de Madrid, 2-4, polígono de As Fontiñas, Santiago de Compostela. Comenzará el 11 de febrero de 2003 y acabará el día 24 de junio de ese mismo año.

Su duración será de 140 horas, que se distribuirán a razón de 8 horas por semana, ordinariamente los martes y jueves, desde las 16 horas a las 20 horas.

12. Modificaciones. La EGAP se reserva la facultad de interpretar y resolver las incidencias que pudiesen surgir en el desarrollo de este curso, así como de cancelarlo si el escaso número de solicitudes no justificase su realización.

Santiago de Compostela, 23 de diciembre de 2002.

Domingo Bello Janeiro

Director de la Escuela Gallega de Administración Pública

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES

Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA