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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 248 Martes, 24 de diciembre de 2002 Pág. 17.675

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2002, de la Dirección General de Administración Local, por la que se clasifica un puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

El Consorcio de la Promoción de la Música, en sesión de la Junta de Gobierno que tuvo lugar el día 21 de octubre de 2002, adoptó acuerdo relativo a la creación del puesto reservado a funcionarios de Admi

nistración local con habilitación de carácter nacional, al amparo de lo establecido en el artículo 6 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, proponiendo su clasificación en clase 3ª, subescala secretaría-intervención.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 159.1º del Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, y en los artículos 2 y 9 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en el uso de las facultades que le confiere el artículo 241 de la Ley 5/1997, de Administración local de Galicia, el artículo 13.2º.17 de la Ley 4/1998, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, y de la Orden de 29 de mayo de 2002, sobre delegación de competencias en el director general de Administración Local, esta dirección

DISPONE:

Clasificar el puesto reservado a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional del Consorcio de la Promoción de la Música, conforme se especifica:

Denominación: secretario-interventor.

Clase: tercera.

Subescala: secretaría-intervención.

El consorcio deberá incluir el puesto en la relación de puestos correspondiente y, asimismo, proceder a la modificación de los estatutos en consonancia con la creación de dicha plaza.

Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.1º b) de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 3 de diciembre de 2002.

P.S. (27-9-2002)

Juan José Martín Álvarez

Director general de Justicia

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO,

MUJER Y JUVENTUD