El nombramiento de registradores de la propiedad y mercantiles que desempeñen funciones en Galicia es competencia de esta Comunidad Autónoma, según lo dispuesto en el artículo 26.1º del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981.
Visto el expediente instruido para la provisión de registros de la propiedad vacantes en virtud de concurso ordinario convocado por resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado del 11 de octubre de 2002 (BOE del 31 de octubre) y, de conformidad con los artículos 284 de la Ley hipotecaria, 513 del reglamento para su ejecución, y el
Decreto 147/2002, de 11 de abril, y demás disposiciones legales autonómicas pertinentes,
RESUELVO:
Nombrar a los registradores de la propiedad que a continuación se relacionan, para proveer los registros vacantes radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia:
-Mª Jesús Montero Pardo, registradora de Santiago de Compostela nº 2, para el registro de A Coruña nº 2.
Santiago de Compostela, 3 de diciembre de 2002.
Antonio Pillado Montero
Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales