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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 241 Lunes, 16 de diciembre de 2002 Pág. 17.279

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2002 por la que se prohíbe la pesca en las zonas de desembocadura afectadas por los vertidos procedentes del buque Prestige.

En evitación de los riesgos que pudiera suponer el consumo de las especies que son objeto de pesca en las zonas de desembocadura, como consecuencia de los vertidos procedentes del buque Prestige, y en el ejercicio de las competencias que se contienen en el artículo 48 del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales, aprobado por el Decreto 130/1997, de 14 de mayo, la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, acuerda la suspensión de la autorización de pesca de todo tipo de especies piscícolas en las zonas de desembocadura, tanto con caña y desde tierra como en embarcación o en artefactos flotantes, que se recoge en el anexo quinto de la Orden de 20 de enero de 2002 por la que se fijan las normas generales de pesca en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia, hasta que las condiciones del medio consientan de nuevo el ejercicio de la actividad.

Santiago de Compostela, 10 de diciembre de 2002.

Francisco García-Bobadilla Prósper

Director general de Conservación de la Naturaleza

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS

Y VIVIENDA