De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona la resolución dictada en el expediente con fecha 22-10-2002, por infracción del Reglamento de epizootias, regulada en el Decreto de 4-2-1955, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.
A los efectos previsto en el artículo 21 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el denunciado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al del publicación de esta notificación podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Pontevedra, 11 de noviembre de 2002.
José Manuel Gabeiras Vérez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente: AG-SA-48/2002-PO.
Denunciado: José Manuel Villamor Guitar.
Última dirección conocida: Cubrián, 13, Palas de Rei (Lugo).
Hecho denunciado: venta ambulante de ganado porcino y falta de guía de origen y sanidad pecuaria.
Preceptos infringidos: incumplimiento del artículo 212 del Decreto de 4-2-1955 y del artículo 3.2º del Real decreto 791/1979, de 20 de febrero.
Precepto sancionador: artículos 212 y 224 del Decreto de 4-2-1955.
Sanción: 291,49 euros.