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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 236 Lunes, 09 de diciembre de 2002 Pág. 16.951

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2002 por la que se otorga a Jesús Louzao Míguez permiso para la modificación de un centro regulador de crustáceos, en el establecimiento denominado Restaurante Louzao, S.L., sito en Augadoce-Area, Viveiro (Lugo).

Examinado el expediente iniciado a instancia de Jesús Louzao Míguez (DNI nº 33855495-R), en el que solicita permiso para la modificación de un centro regulador de crustáceos en el establecimiento denominado Restaurante Louzao, S.L., sito en Augadoce-Area, Viveiro (Lugo).

La modificación consiste, según la documentación aportada por el peticionario, en la incorporación de un depósito de metacrilato de 500 l para incrementar la capacidad de estabulación.

Teniendo en cuenta que por Orden de 17 de marzo de 1999 (DOG nº 73, del 19 de abril) se otorgó a Jesús Louzao Míguez el permiso de actividad para la puesta en funcionamiento y explotación de un centro regulador de crustáceos.

Teniendo en cuenta que el expediente se tramitó conforme a derecho.

Teniendo en cuenta el informe técnico-biológico que consta en el expediente, así como la propuesta favorable de la Delegación Territorial de Lugo de fecha 4 de junio de 2002, esta consellería

RESUELVE:

Otorgar a Jesús Louzao Míguez con DNI nº 33855495-R, permiso para la modificación de un centro regulador de crustáceos en el establecimiento Restaurante Louzao, S.L., en Augadoce-Area, Viveiro (Lugo), para el que se le otorgó permiso de actividad por Orden de 17 de marzo de 1999 (DOG nº 73, del 19 de abril).

La modificación consiste en la incorporación de una nueva piscina, de metacrilato, de 500 litros de capacidad, situada a continuación de las ya existentes.

Las especies a estabular son las mismas que tienen actualmente autorizadas.

La ampliación no modifica la superficie de 20 m que ocupa actualmente el establecimiento, ni el resto de las condiciones del título habilitante.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el art. 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 21 de octubre de 2002.

Enrique César López Veiga

Conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos