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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Jueves, 05 de diciembre de 2002 Pág. 16.863

III. OTRAS DISPOSICIONES

PARLAMENTO DE GALICIA

RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2002 por la que se convocan dos becas de colaboración en materia de redacción y corrección del Diario de Sesións do Parlamento de Galicia.

La Mesa del Parlamento, el día 11 de noviembre, prestó su aprobación a la creación e dotación de dos becas de colaboración en materia de redacción y corrección del Diario de Sesións do Parlamento de Galicia.

Con esta finalidad la cámara contribuye a la realización de prácticas complementarias a los estudios universitarios para formar especialistas en este ámbito, formación que les permitirá acceder en el mercado laboral a puestos que tengan funciones compatibles o conexas con las ahora programadas.

De cumplirse las previsiones establecidas, su actividad de colaboración con el Parlamento de Galicia se iniciará en enero del año 2003.

En su virtud, se convocan las referidas becas según las bases que se adjuntan a esta resolución.

Santiago de Compostela, 15 de noviembre de 2002.

José María García Leira

Presidente del Parlamento de Galicia

Bases de la convocatoria de dos becas de colaboración en materia de redacción y corrección del Diario de Sesións do Parlamento de Galicia.

Primera.-Objeto.

El Parlamento de Galicia convoca dos becas de colaboración para la realización de trabajos de redacción y corrección del Diario de Sesións do Parlamento de Galicia.

Segunda.-Duración y dotación económica.

Las becas tendrán una duración de un año natural, no prorrogable.

La dotación económica será de 2.242,06 euros/mes brutos por beca de colaboración con la retención fiscal que le corresponda.

Tercera.-Naturaleza jurídica de la relación.

La condición de becario o becaria no generará una relación laboral ni administrativa con el Parlamento

de Galicia ni su inclusión en la Seguridad Social. Será incompatible con la percepción de otras becas.

El Parlamento contratará un seguro de accidente y enfermedad para cada uno de los becarios por el tiempo de duración de las becas, en el supuesto de que no tuviesen cubiertas dichas contingencias.

Cuarta.-Requisitos de los solicitantes.

Podrán optar a las becas las personas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser licenciados/as universitarios/as

b) No estar percibiendo otras becas o ayudas o realizando actividad profesional remunerada.

Quinta.-Solicitudes.

Las personas interesadas presentarán en el Registro del Parlamento, dentro de los quince días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, la siguiente documentación:

a) Una instancia de admisión para participar en las pruebas de selección, dirigida al presidente del Parlamento de Galicia.

b) Un currículum acompañado de certificación académica, en la que se detallen las calificaciones obtenidas en la licenciatura, y de los documentos que lo acreditan, y en su caso los méritos del apartado b) de la fase 1 de la base séptima.

c) Una declaración jurada o responsable de renuncia a las prestaciones por desempleo, o a otras becas o ayudas, y a ejercer actividad profesional remunerada durante el periodo de duración de la beca.

Sexta.-Tribunal.

Presidente:

El presidente del Parlamento o miembro de la mesa en quien delegue

Vocales:

Juan Pedrosa Vicente, secretario de la Mesa del Parlamento.

Anxo Teixeiro Piñeiro, jefe del Servicio de Publicaciones.

Dolores Reiriz Villar, redactora del Parlamento de Galicia.

Un funcionario o funcionaria del Parlamento de Galicia designado por la Junta de Personal.

Secretaria:

Purificación López Gómez, letrada del Parlamento de Galicia.

Séptima: criterios para la selección de los becarios.

1. La selección de los becarios se hará en dos fases:

Fase 1:

La primera fase consistirá en la valoración de los méritos acreditados, conforme al siguiente baremo:

a) Expediente académico: hasta 6 puntos.

b) Otros méritos (formación en lengua gallega, informática... etc.): hasta un máximo de 4 puntos.

Fase 2:

La segunda fase consistirá en un ejercicio práctico de redacción y corrección lingüística (gramatical, ortográfica, morfológica, sintáctica y léxica o terminológica) y de puntuación del texto de la trascripción de un debate de una sesión del Pleno del Parlamento de Galicia.

En este ejercicio se valorará la fidelidad con el discurso del orador u oradora, la corrección formal, la claridad, la inteligibilidad y la coherencia en la redacción y presentación del texto y también su mejora de estilo.

El ejercicio tendrá una puntuación de hasta 10 puntos.

2. Serán adjudicatarios de las becas los dos aspirantes que obtengan mayor puntuación.

Octava.-Régimen de colaboración.

Los aspirantes seleccionados se incorporarán, después de la aceptación de la beca, el día que les sea indicado.

Los becarios prestarán su colaboración, bajo las indicaciones del jefe del Servicio de Publicaciones, durante una jornada semanal de treinta y siete horas y media, en el horario que se fije en función de las necesidades del servicio.

Además de los trabajos de investigación que se les puedan encomendar, asumirán, en relación con la redacción del diario de sesiones del Pleno, las siguientes tareas:

1. Introducción de la puntuación adecuada.

2. Modificación de la sintaxis original cuando fuese necesario para mantener el principio de textualidad y siempre que no se produzca ninguna alteración del sentido del discurso.

3. Adaptación a la normativa oficial del gallego de las variantes dialectales fonéticas y morfológicas, así como las incorrecciones léxicas y morfosintácticas.

Los trabajos realizados quedarán en propiedad del Parlamento de Galicia.

Los becarios presentarán al finalizar las becas un informe sobre los trabajos realizados.

Novena.-Cláusula general.

En caso de incumplimiento de las tareas de colaboración, la Mesa del Parlamento podrá, a propuesta del oficial mayor, previo informe del jefe del servicio y audiencia de las personas afectadas, anular las becas.

La solicitud de las becas implica el conocimiento y la aceptación de las presentes bases.

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES

Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA