Los comités éticos de investigación clínica son los encargados de emitir informe sobre tódos los ensayos clínicos que se realicen dentro de su ámbito territorial. Los ensayos clínicos y los comités éticos de investigación clínica se regulan en la Comunidad Autónoma por el Decreto 32/1996, de 25 de enero.
La Orden de 11 de julio de 1996 por la que se crea el Comité Ético de Investigación Clínica de Galicia, en su artículo 3, dispone que la composición del comité se ajustará a lo establecido en el Decreto
32/1996, de 25 de enero y sus miembros serán nombrados por orden de la Consellería de Sanidad.
En consecuencia, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, reformada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, la Orden de 11 de julio de 1996 y la disposición adicional primera del Decreto 32/1996, de 25 de enero, por el que se regula la realización de ensayos clínicos en la Comunidad Autónoma de Galicia, la propuesta de la División de Farmacia y Productos Sanitarios del Servicio Gallego de Salud,
DISPONGO:
Artículo único.-Se nombra miembro del Comité Ético de Investigación Clínica de Galicia, creado por la Orden de 11 de julio de 1996, a la persona que se relaciona en el anexo.
Santiago de Compostela, 31 de octubre de 2002.
José María Hernández Cochón
Conselleiro de Sanidad
ANEXO
Nuevo miembro del CEIC de Galicia:
-Amparo González García (supervisora de la unidad de psiquiatría del Complejo Hospitalario de Ourense).