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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Miercoles, 27 de noviembre de 2002 Pág. 16.504

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

ENTE PÚBLICO PUERTOS DE GALICIA

RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2002 por la que se anuncia la convocatoria de plazas de personal laboral fijo para este ente público (ingenieros).

De conformidad con la Ley 5/1994, de 29 de noviembre, de creación del ente público Puertos de Galicia, el Decreto 227/1995, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del ente público y la Ley 10/1996, de 5 de noviembre, de actuación de entes y empresas en las que tiene participación mayoritaria la Xunta de Galicia, en materia de personal y contratación, y según la delegación conferida por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 23 de julio de 1997 de las competencias del artículo 21.3º de la Ley 5/1994; se resuelve convocar el proceso selectivo para el ingreso en cuadro de personal laboral fijo del ente público Puertos de Galicia de acuerdo con las siguientes bases de a convocatoria:

1. Generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 2 plazas de ingenieros de caminos, canales y puertos.

1.2. El procedimiento de selección será de concurso-oposición, con los ejercicios, pruebas, sistemas de cualificación, temario, baremo y relación de méritos que se especifican en estas bases.

1.3. El primer ejercicio de la oposición se realizará transcurrido, como mínimo, un mes desde la publicación en el DOG de la presente convocatoria, exponiéndose la fecha de este ejercicio así como de los siguientes en el tablón de anuncios de los servicios centrales de Puertos de Galicia.

1.4. Los aspirantes a los que les sean adjudicadas las plazas serán contratados en régimen laboral fijo. La formalización del contrato y la incorporación definitiva de los seleccionados producirá según las necesidades de Puertos de Galicia.

1.5. En cumplimiento de las previsiones de la Ley de normalización lingüística de Galicia, los aspirantes seleccionados que no acrediten en el momento de la presentación de la documentación necesaria para su contratación, la posesión de diploma acreditativo del nivel de perfeccionamiento en el conocimiento de la lengua gallega, deberán realizar los cursos que a tal efecto sean convocados y cuenten con la homologación de la Dirección General de Política Lingüística de la Xunta de Galicia.

2. Requisitos mínimos de admisión de los candidatos.

2.1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional del Reino de Noruega, o nacional de la República de Islandia.

También podrán participar el cónyuge, ascendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros estados cuando así se prevea en los tratados internacionales cele

brados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

2.2. Haber cumplido los dieciocho (18) años de edad.

2.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de ingeniero de caminos, canales y puertos.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de documento que acredite fidedignamente su homologación.

2.4. Poseer la capacidad funcional física y psíquica para el desempeño de las tareas y funciones correspondientes a la vacante a la que se opta, para lo que presentará un certificado médico acreditativo si resulta seleccionado.

2.5. No estar separado del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

Los aspirantes que no posean nacionalidad española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.6. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de incorporarse a ocupar la plaza después de la firma del correspondiente contrato.

3. Solicitudes.

3.1. Quien desee tomar parte en el concurso-oposición deberá presentar solicitud, en instancia ajustada al modelo que figura como anexo II de la presente resolución, adjuntando además:

-Fotocopia del DNI.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar una fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán adjuntar declaración jurada o promesa de este de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a expensas o está a su cargo.

-Justificante emitido por la entidad bancaria que corresponda, de tener pagados los derechos de examen, en el plazo establecido para la presentación de instancias.

-Documentación acreditativa, en su caso, de los méritos que se alegan para su valoración, bien original o fotocopia compulsada. Se acreditará la experiencia con un historial completo emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social más certificado de empresa, copia cotejada de nóminas o de los contratos de trabajo.

3.2. Se rechazarán todas aquellas instancias que no adjunten los documentos acreditativos de los requisitos exigidos para el acceso al concurso-oposición más el pago de los derechos de examen. No se admi

tirán copias simples para acreditar méritos o cumplir requisitos.

3.3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia (DOG). Las solicitudes dirigidas al presidente del ente público Puertos de Galicia, se presentarán en el registro general del Ente Público, (plaza de Europa nº 5A - 6ºB, 15707 Santiago de Compostela, A Coruña) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

3.4. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2002, de 29 de abril, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2002, que modifica el Decreto legislativo 1/1992, de 11 de abril, por lo que se aprueba el texto articulado de las bases contenidas en el capítulo 3º del título II de la Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, como requisito previo para participar en el proceso selectivo deberán abonarse previamente, en concepto de derechos de examen, el importe de 47,54 euros y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes, empleando para eso el impreso de autoliquidación señalado en el anexo III.

El impreso de autoliquidación de tasas podrá recogerse en los servicios centrales de la Xunta de Galicia, en cualquier delegación de todas las consellerías y en los servicios centrales del ente público Puertos de Galicia.

Código de consellería: 06, Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda; Código de delegación: 13; Código de servicio: 10; Código de tasa: 300300.

3.5. En ningún caso la presentación del justificante de pago de los derechos de examen supondrá la substitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

3.6. El importe satisfecho en concepto de derechos de examen se les devolverá, tras los trámites correspondientes, a los aspirantes excluidos que lo soliciten.

3.7. Puertos de Galicia reserva para si la facultad de comprobar la veracidad de los documentos adjuntados por los aspirantes.

3.8. La presentación de solicitudes, supone la aceptación incondicionada de las bases reguladoras de la convocatoria.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Agotado el plazo de presentación de solicitudes, en los 10 días siguientes y por mandato del presidente de Puertos de Galicia, se expondrá en el tablón de anuncios de los servicios centrales de este ente público, la lista provisional de admitidos y excluidos al proceso selectivo; respecto de estos últimos se hará constar en dicha lista la causa de su exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos podrán presentar documentación complementaria ante el presidente de Puertos de Galicia en el plazo de 10 días contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, para poder enmendar, si

es el caso, el defecto que motivase la exclusión. Para tal efecto, la estimación o desestimación de dichas peticiones de enmiendas se entenderán implícitas en la resolución por la que se publique la lista definitiva.

4.3. Los errores de hecho se podrán enmendar en cualquier momento, bien de oficio, bien a instancia del interesado.

4.4. Una vez transcurrido dicho plazo, el presidente de Puertos de Galicia dictará resolución definitiva con la lista definitiva de admitidos y excluidos, contra la que se podrá interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Dicha resolución será expuesta, a los efectos de publicidad, en el tablón de anuncios de los servicios centrales de Puertos de Galicia, junto con la indicación del lugar y fecha en la que comenzarán las pruebas, a las que deberán asistir los candidatos provistos de DNI.

4.5. El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente resolución. Cuando la documentación que se debe presentar en el caso de superar el procedimiento selectivo se desprenda que no posee alguno de los requisitos, los interesados decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.

5. Comisión de selección.

5.1. La selección será efectuada por una comisión designada para el efecto.

5.2. El presidente de Puertos de Galicia designará los miembros de la comisión de selección, excepto el representante de los trabajadores que será nombrado a propuesta de los delegados de personal del ente público.

La resolución por la que se determina la composición nominal de la comisión de selección, según lo previsto en el párrafo anterior; será expuesta, con anterioridad a la fecha fijada para el primer ejercicio, en el tablón de anuncios de los servicios centrales de Puertos de Galicia. La designación nominal de los miembros de la comisión de selección incluirá la de los respectivos suplentes.

5.3. La comisión de selección estará compuesta por cinco miembros con la siguiente distribución:

Presidente: el presidente de Puertos de Galicia.

Secretario: un técnico del cuadro de personal de Puertos de Galicia

Vocales: dos técnicos empleados del ente público.

Un representante de los trabajadores empleado del ente público.

5.4. Todos los miembros de la comisión de selección actuarán con voz y voto.

5.5. Los miembros de la comisión de selección deberán abstenerse de formar parte de ella cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y se lo notificarán al presidente de la comisión. Los aspirantes podrán recusarlos de acuerdo con el artículo 29 de la citada Ley 30/1992.

El presidente de la comisión podrá solicitarle a los miembros de la misma declaración expresa de no encontrarse incursos en las causas de abstención y recusación.

5.6. La comisión de selección no podrá constituirse ni actuar si no están presentes el presidente y el secretario y por lo menos dos de sus vocales.

Las decisiones se adoptarán por mayoría de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del presidente.

5.7. La comisión de selección queda facultada para resolver las dudas que surjan de la aplicación de estas bases y podrá adoptar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases; ajustándose en su actuación las previsiones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

5.8. Funciones de los tribunales:

-Elaborar las pruebas y garantizar su secreto.

-Evaluar las pruebas y otorgarles cualificación a los aspirantes según as normas de esta convocatoria.

-Formalizar, mediante actas, todo el proceso de concurso-oposición más el resultado final que será remitido al presidente de Puertos de Galicia mediante certificación del secretario de la comisión de la lista de aspirantes por orden de cualificación, de la más alta a la más baja.

-En el supuesto de empate en las puntuaciones de dos o más aspirantes, estas se resolverán por la puntuación obtenida en la primera prueba, y si ello no fuera suficiente, por la puntuación obtenida en los sucesivos ejercicios hasta que se resuelva. De persistir el empate se resolverá por el orden alfabético resultante del sorteo resuelto y publicado por la resolución de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, de 27 de febrero de 2002 (DOG nº 47, del 6 de marzo).

5.9. Sede de la comisión de selección:

A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, la comisión tendrá su sede en la plaza de Europa nº 5A, 6ºB, 15707 Santiago de Compostela. Teléfono 981 54 52 07, fax 981 54 72 16.

5.10. La comisión de selección que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio.

6. Oposición: desarrollo de las pruebas.

6.1. Se establecen tres tipos de pruebas, que se realizarán por el siguiente orden: teórica, práctica y entrevista personal.

6.2. Teórica:

6.2.1. Consistirá en el desarrollo de unos temas sobre aspectos directamente relacionados con las funciones y obligaciones de las vacantes convocadas. El temario que corresponde a la categoría consta en el anexo I de esta convocatoria.

6.2.2. El cuestionario del examen será el resultante del sorteo entre tres cuestionarios correspondientes al contenido del programa. El tiempo máximo de duración será de tres horas.

6.3. Práctica:

Consistirá en la realización por escrito de un ejercicio práctico también relacionado con los contenidos del temario, elegido por sorteo entre dos presentados por la comisión de selección y para el que se les comunicará a los aspirantes, en el momento de la convocatoria, el material y los medios que, a juicio de ésta, sean necesarios para su resolución, no pudiendo ser utilizado ningún otro material de consulta y de ayuda por parte de los aspirantes.

El tiempo máximo de duración de esta prueba será de cuatro horas.

6.4. Entrevista personal:

Se valorarán calidades como son la capacidad de relación e iniciativa, la capacidad de liderazgo e integración en grupos de trabajo, de coordinación y en general la aptitud del candidato para ejercer sus responsabilidades dentro de una organización compleja.

6.5. Las pruebas teórica y práctica serán de carácter eliminatorio para aquellos aspirantes que no consigan, entre las dos la calificación mínima de 20 puntos, evaluándose de cero a 30 el ejercicio teórico y de 0 a 10 el ejercicio práctico. La entrevista personal se valorará de 0 a 10 puntos.

6.6. Las puntuaciones se expondrán en el tablón de anuncios de los servicios centrales de Puertos de Galicia finalizada la corrección de la totalidad de los ejercicios de cada prueba.

6.7. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, y será excluido quien no comparezca, pudiéndose considerar los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal. Los anuncios para la realización de los ejercicios los hará públicos la comisión de selección en su sede, con cuarenta y ocho (48) horas de antelación como mínimo al de su comienzo.

6.8. Las pruebas se realizarán a puerta cerrada sin otra asistencia que la de los aspirantes, miembros de la comisión de selección y la de los colaboradores designados por ésta.

7. Concurso: baremo de méritos.

7.1. La comisión de selección evaluará los méritos que con motivo de su experiencia laboral acrediten los aspirantes que tengan superada la oposición.

7.2. Experiencia acreditada, hasta un máximo de 5 puntos:

-En un puesto de trabajo en el ente público Puertos de Galicia, en la categoría profesional de ingeniero de caminos, canales y puertos: 1 punto por año trabajado o fracción.

-En un puesto de trabajo de la misma categoría profesional desempeñando los servicios de ingeniero de caminos, canales y puertos en las administraciones públicas, en empresas o sociedades públicas que gestionen puertos marítimos: 0,50 puntos por año trabajado o fracción.

7.3. Los méritos enumerados deberán referirse a la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

7.4. La baremación de esta fase de concurso será hecha pública en el tablón de anuncios de los servicios centrales de Puertos de Galicia, con indicación de la puntuación obtenida por cada aspirante. Contra la baremación, los aspirantes que lo consideren oportuno podrán presentar reclamación ante la propia comisión de selección en el plazo de diez (10) días hábiles a partir de la exposición de dicha baremación.

7.5. A la vista de las reclamaciones presentadas y realizadas, en su caso, las oportunas correcciones a la baremación inicialmente asignada a cada aspirante, la comisión de selección las incluirá en el acuerdo definitivo que contenga la relación de aspirantes que superaron el proceso selectivo.

8. Contratación laboral y período de prueba.

8.1. Puertos de Galicia, de acuerdo con los resultados del concurso-oposición y en el supuesto de haber aspirantes que superasen los mínimos exigibles establecidos en esta convocatoria, procederá a la contratación con carácter fijo hasta el número de vacantes fijadas en el concurso-oposición, dentro del grupo de aspirantes que proponga la comisión de selección, la cual no podrá declarar que superaron las pruebas de selección un número de aspirantes superior al de los puestos convocados.

8.2. A los efectos de su contratación, y a requerimiento de Puertos de Galicia, los aspirantes seleccionados deberán presentar en el plazo de veinte (20) días naturales los siguientes documentos:

8.2.1. Fotocopia compulsada del título exigido o certificación académica que acredite tener realizados todos los estudios para la obtención del título o, en su caso, documento que acredite fidedignamente la posesión del correspondiente título académico.

8.2.2. Declaración bajo a su responsabilidad de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

8.2.3. Deberá presentarse certificado médico oficial en el que se acrediten los extremos señalados en el punto 2.4.

8.2.4. Fotocopia compulsada del diploma acreditativo del nivel de perfeccionamiento en el conocimiento de la lengua gallega.

8.3. Los que dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de esta se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser contratados, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurriesen por falsedad en la solicitud inicial.

8.4. Los aspirantes que obtengan plaza deberán incorporarse en el plazo máximo de 3 días desde la notificación, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados; de no efectuarse, se entenderá como renuncia tácita a su puesto de trabajo.

8.5. Todas las contrataciones para ocupar vacantes del cuadro de personal fijo estarán sometidas a un tiempo de prueba de seis meses.

8.6. El desempeño de cualquier puesto de trabajo en Puertos de Galicia estará sometido a las incompatibilidades previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

9. Recursos.

La presente convocatoria y sus bases podrán ser impugnados ante la jurisdicción contencioso-administrativa en los casos y en la forma establecida en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con la Ley 5/1994, de 29 de noviembre, de creación del ente público Puertos de Galicia , y en su Reglamento de desarrollo aprobado por el Decreto 227/1995, de 20 de julio, así como la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (LRXAP-PAC).

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada contra los actos de la comisión de selección ante el presidente del ente público Puertos de Galicia en los términos previstos en el artículo 114 y concordantes de dicha Ley 30/1992, de RJAP-PAC.

Santiago de Compostela, 12 de septiembre de 2002.

Emilio García Gallego

Presidente del ente público Puertos de Galicia

ANEXO I

Temario para ingenieros de caminos, canales y puertos que regirán en los programas de las pruebas selectivas para el ingreso en el ente público Puertos de Galicia.

1. Derecho constitucional: la Constitución española. Estructura y principios generales, los derechos y deberes fundamentales de los españoles. Organización territorial del Estado.

2. Derecho autonómico: el Estatuto de autonomía de Galicia. Competencias de la Comunidad Autónoma. El Gobierno de la Comunidad Autónoma. La Xunta de Galicia y su presidente. El Parlamento de Galicia. Control parlamentario de la acción del gobierno. El Valedor del Pueblo.

3. La Administración pública de la Comunidad Autónoma. El Consello de la Xunta de Galicia. Composición y funciones. Los conselleiros: estatuto personal y atribuciones. La Administración periférica de las consellerías.

4. El procedimiento administrativo. La Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Ámbito de aplicación y principios informadores. Fases: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Los recursos administrativos, concepto y clases. Requisitos.

5. Los proyectos de obras. Su autorización. Anteproyectos y estudios previos. Estructura del proyecto. Pliegos de cláusulas administrativas: generales y particulares. las normas técnicas y los pliegos de condiciones técnicas. El replanteo.

6. Los contratos administrativos y sus clases. Formas de contratación. Contenido y efectos de los contratos administrativos. Riesgo y ventura y fuerza mayor en la contratación administrativa

7. La ejecución del contrato de obra. Régimen de relaciones con el contratista. Modificación del contrato. Suspensión de las obras. Revisión de precios. Recepción y liquidación. Resolución, rescisión y renuncia.

8. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto y causa. Procedimiento general expropiatorio. Garantías jurisdiccionales.

9. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Características del sistema vigente. Lesión determinante, sujetos impugnables y causas de imputación. La extensión de la reparación. La acción de responsabilidad.

10. El gasto público: concepto y régimen jurídico. Clasificaciones. Principios constitucionales en la materia. Limitación de los créditos presupuestarios para gastos. Procedimiento de ejecución del gasto público. Las subvenciones: régimen jurídico. Tribunal de Cuentas.

11. La gestión económica financiera pública de Galicia. La hacienda y el patrimonio de la Comunidad Autónoma. Los presupuestos de la Comunidad Autónoma. El control presupuestario. El Consejo de Cuentas.

12. Planificación portuaria: análisis de la situación actual. Estadísticas portuarias. Previsiones de tráfico. Definiciones de las necesidades de infraestructuras y equipamiento. Criterios económicos. Programación de inversiones.

13. Obras portuarias exteriores. Diques de abrigo, criterios de selección, métodos constructivos. Atracadas e instalaciones no abrigadas. Estudios económicos. Determinación de la onda de cálculo: análisis de riesgo y análisis determinista.

14. Obras portuarias interiores: obras de atracada, tipología, criterios de diseño. Rellenos y pavimentaciones. Equipos de carga, descarga y manipulación de mercancías. Criterios de selección.

15. Obras de dragados: objetivos, métodos y tipos de dragados, criterios de selección. Obras de construcción y reparación de buques.

16. La operación portuaria. Decreto ley de estiba y desestiba y disposiciones que lo desarrollan. Manipulación de mercancías. Terminales especializadas. Mercancías peligrosas. Estructura tarifaria y análisis de costes.

17. Organización portuaria: referencias internacionales. Autoridad Portuaria y sus modalidades. La Administración portuaria en Galicia: Ley 5/1994, de 29 de noviembre, de creación del ente público Puertos de Galicia y su reglamento.

18. La Administración portuaria del Estado. Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de puertos del Estado e de la marina mercante. Organización, planificación y gestión de los puertos del Estado. El ente público Puertos del Estado.

19. Régimen económico financiero de los puertos: referencias internacionales. Financiación de los puertos españoles. Tarifas y cánones, normativa aplicable. Casos de los puertos de competencia de la Comunidad Autónoma gallega. Criterios de rentabilidad.

20. La Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas y el Reglamento para su desarrollo y ejecución. Bienes del dominio público marítimo terrestre: clasificación y definiciones y su régimen de utilización. Limitaciones de propiedad sobre los terrenos contiguos a la ribera del mar. Infracciones y sanciones.

21. Ingeniería de costas: dinámica litoral. Defensa y regeneración de costas y playas: criterios de diseño. Paseos marítimos. Justificación, criterios de diseño.

22. Señales marítimas. Criterios para una planificación de la señalización marítima. Organización del servicio. Sistema de ayuda a la navegación. Clases y criterios de diseño.

23. Análisis de proyectos de inversion. Evaluación económica de proyectos. Identificación de costes y beneficios. Rentabilidad económica y social. Análisis multicriterios. Aspectos financieros de análisis de proyectos. Técnicas de medida de valores y análisis.

24. El control de calidad. Normativa técnica. Control de calidad en los pliegos de condiciones. Calidad de materias y de ejecución. Laboratorio de control de obras. Pruebas finales y recepción.

25. Programación de trabajo. Preparación lineal y dinámica. Técnicas de programación de actividades de obra. Control y seguimiento del trabajo.

26. Seguridad y salud en la construcción y en las obras públicas. Disposiciones vigentes. Órganos competentes en materia de seguridad y salud. Responsabilidades.

27. Marco legal e institucional para la gestión del medio ambiente en España. Normas adicionales de gestión en la Comunidad Autónoma de Galicia.

28. Interpretación en el campo internacional. Organismos activos y convenios internacionales de aplicación al ambiente. Principales directivas de la CEE en materia ambiental. La Directiva 85/337/C modificada por la 97/11/CEE sobre la evaluación de impactos sobre el ambiente de ciertas obras públicas y privadas.