El artículo 41 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de puertos del Estado y de la marina mercante, texto reformado por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, establece que el presidente de la autoridad portuaria será designado y separado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de puertos del Estado y de la marina mercante, el Consello de la Xunta de Galicia acordó el 5 de marzo de 1998 facultar al conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda para la designación y separación del presidente de la Autoridad Portuaria de San Cibrao-Ferrol y su ría.
En consecuencia,
DISPONGO:
Artículo único.-El nombramiento de Ángel del Real Abella, como presidente de la Autoridad Portuaria de San Cibrao-Ferrol y su ría.
Santiago de Compostela, 20 de noviembre de 2002.
José Cuíña Crespo
Conselleiro de Política Territorial,
Obras Públicas y Vivienda