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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 224 Miercoles, 20 de noviembre de 2002 Pág. 16.222

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2002, de la Delegación Provincial de Lugo, de notificación de la resolución del expediente sancionador de incendios forestales IF 41/2002, devuelto por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que en el anexo se menciona, la resolución del expediente, por infracción a la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestales, y a su reglamento aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre (BOE del 13 de febrero de 1973), por no ser posible la notificación a través del servicio de correos.

El importe de la sanción se hará efectivo mediante el impreso normalizado que le será facilitado en la Delegación Provincial de Lugo (edificio adtvo. de la Xunta de Galicia, Ronda de la Muralla, nº 70) en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación conforme al Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9 de

agosto). De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá al cobro por la vía administrativa de apremio.

No obstante, de acuerdo con el artículo 114 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta resolución y en el plazo de un mes se podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia.

Lugo, 22 de octubre de 2002.

Luis González Vázquez

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

Expediente: IF-41/2002.

Denunciado: Javier Álvarez López.

DNI: 33810169.

Dirección: calle Calvo Sotelo, nº 110, Lugo.

Hechos denunciados: realizar una quema de maleza sin autorización, abandonándola antes de estar totalmente apagada, con el consiguiente peligro para el arbolado colindante.

Precepto sancionador: artículo 138.b.c. del Reglamento de incendios.

Calificación: muy grave.

Sanción: 60 euros.