Por medio de esta cédula se requiere a los fiadores, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, para que, habiendo devenido firmes las resoluciones sancionadoras que se citan en el mismo sin que los sancionados las hubiesen abonado, procedan al pago de las mismas.
Se les requiere para que en el plazo de 15 días hábiles abonen el importe de dicha sanción, mediante ingreso que debe efectuar en cualquier oficina del BBVA, transacción 1316, NIF S1511001H, clave 390001, con el apercibimiento de que, de no hacerlo efectivo en dicho plazo, se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo dispuesto en la legislación vigente.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 25 de octubre de 2002.
Carlos A. González Rodríguez
Subdirector general de Inspección de Transportes
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
58-29-GG
G.C. Tráfico Campo de Cima, s/n
5400 Portugal (Chaves)
7-8-1999; 8.50; N-525; 199
art. 201 R.D. 1211/1990 5205-RT
G.C. Tráfico Casas de Sta. Bárbara, s/n
Portugal (Peniche)
14-11-2001; 11.31; N-550; 172. del R.D. 1211/1990. art. 201 R.D. 1211/1990OU-03140-O-1999
Brita Grilos, Lda.
Transportar arena con una masa total de 43.500 kg, siendo la masa máxima autorizada de 36.000 kg (vehículo articulado de 4 ejes, 2 más 2, semirremolque distancia entre ejes, 1,30 m). Efectuó pesaje en báscula de áridos limia, negándose a trasladarse a efectuar pesajee a la báscula oficial de San Cibrao das Viñas.
Art. 33 Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres (BOE nº 182, del 31 de julio) y art. 19 del R.D. 1211/1990, de 28 de septiembre, reglamento de la Ley 16/1987 (BOE nº 241, del 8 de octubre) Art. 143 Ley 16/1987,
1.388,34 euros
PO-03993-O-2001
Antonio Ramos e Costa Sa
Circular transportando pescado fresco arrastrando un peso total en báscula de 6.750 kg (seis mil setecientos cincuenta kg) teniendo el vehículo un PMA de 3.500 kg; exceso: 3.250 kg (tres mil doscientos cincuenta kg, 92,85% sobre PMA). Transporta, asimismo, hielo para conservación del pescado. Báscula de la Xunta de Galicia, mod. Haenni wl 103, nº 1.695-1.696, ticket nº 2.174.
Artículo 200.3º
Art. 143 Ley 16/1987,
1.380 euros