Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, las denuncias que se formularon contra ellos. Por este motivo se iniciaron, con los números que se indican, los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a las sanciones que también se citan.
Se les hace saber el derecho que les asiste de alegar por escrito ante la Subdirección General de Inspección de Transportes lo que consideren conveniente, haciendo llegar o proponiendo las pruebas que consideren oportunas dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta cédula.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 24 de octubre de 2002.
Alberto Eiras Martínez
Instructor, jefe de Servicio de Informes y Recursos
ANEXO
infringido sancionador propuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
C-5554-AW
7879141646 A2059 Lg. Fontao, s/n
15149 Cabanas (A Coruña)
18-9-2002; 11.10; N-634; 693
art. 201 R.D. 1211/1990DX-00235-I-2002
Trebol Musical, S.L.
Circular con el vehículo matrícula C-5554-AW (provisto de autorización MPC), que arrastra el semirremolque SG-00421-R, realizando transporte de mercancías (equipo musical e instrumentos), no llevando discodiagrama colocado en el tacógrafo.
R (CE) 3821/1985 Art. 143 Ley 16/1987
600 A