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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 224 Miercoles, 20 de noviembre de 2002 Pág. 16.198

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO SEIS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (361/2000).

Yo, Begoña Arroyo Martín, secretaría del Juzgado de Primeira Instancia número seis de Santiago de Com

postela hago saber que en dicho tribunal y en el número proc. del artículo 131 de la Ley hipotecaria nº 361/2000 se tramita procedimiento a instancia del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (IGVS) en el que por resolución de esta fecha se ha acordado sacar a pública subasta los bienes que más abajo se dirán, siñalándose para que tenga lugar en la Sala de Audiencia de este tribunal el próximo día 11 de diciembre de 2002 a las 10 horas, con los requisitos seguintes:

Primeiro.-Que los licitadores, a excepción del ejecutante, para tomar parte en la subasta deberán presentar resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado o de haber depositado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación, haciéndolo constar, en su caso, si se hace en nombre de tercero; sin cuyo requisito no serán admitidos a licitación.

Segundo.-Que podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, desde el anuncio de la subasta hasta su celebración haciéndose el depósito al que se ha hecho mención anteriormente.

Tercero.-Que podrán hacerse ofertas superiores al 50 por 100 del avalúo, pero ofreciendo pagar a plazos con garantías suficientes, bancarias o hipotecarias, del precio del remate.

Cuarto.-Que no se podrá proceder a la inmediata aprobación del remate si la cantidad ofrecida no superase el 50 por 100 del valor de tasación, o siendo inferior, no cubriere, al menos la cantidad por la que se ha despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas.

Quinto.-Que únicamente el ejecutante podrá concurrir reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

Sexto.-Tratándose de una vivienda de promoción pública el adjudicatario deberá cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 del Decreto 98/1992, en relación con el artículo 54 del Real decreto 3148/1978, y que son las seguientes: 1) Ingresos ponderados anuales totales iguales o inferiores a 2,5 veces el salario mínimo interprofesional. 2) Residir habitualmente o tener puesto de trabajo en el ayuntamiento en el que radica la vivenda. 3) Certificación acreditativa de no ser propietario de ninguna otra vivienda y 4) Compromiso de dedicar la vivenda a domicilio habitual y permanente.

Lotes de bienes que se sacan a subasta y valor:

Vivienda letra D de la planta tercera del edificio construido en la parcela R.8.5 del polígono de As Fontiñas de Santiago de Compostela.

Valorado en 49.099,6 euros.

Dado en Santiago de Compostela, o catorce de octubre de dos mil dos.

El secretario

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