Por resolución de Alcaldía número 670/2002, de fecha 18 de julio de 2002 se aprobó definitivamente la delimitación de la unidad de actuación y determinación del sistema de actuación de compensación con relación a la parcela de 4.799 m, sita en el lugar de Carrio, parroquia de Bergondo de este ayuntamiento, y propiedad de Rías de Bergondo, S.A., representada por Óscar Fondevila Taboada.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia; de conformidad con los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo. Previa y potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición, ante el órgano que dictó el acuerdo, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, en el plazo de un mes, a contar del día siguiente al de la citada publicación.
También podrá interponer el recurso extraordinario de revisión, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la que se aprueba el régimen jurídico de las administraciones públicas y el procedimiento administrativo común, en los plazos establecidos en el apartado 2º del mismo artículo 118. Todo esto, sin perjuicio del derecho de los interesados a formular la solicitud y la instancia a que se refieren los artículos 102.1º y 105.2º de la citada ley.
Bergondo, 18 de julio de 2002.
José Fernández Ramos
Alcalde-presidente