De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que en el anexo se menciona, la propuesta de resolución dictada por la instructora en el expediente que por infracción a la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza.
A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por lo que se aprueba el reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el denunciado dispondrá de un plazo de quince días habíles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, podrán examinar los expedientes, en el Servicio de Medio Ambiente Natural, situado en la c/ Benito Corbal, nº 47-5ª planta, y presentar las alegaciones que consideren convenientes.
Pontevedra, 25 de octubre de 2002.
José Antonio López Rodríguez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente: PO-EN-2002/13.
Denunciado: Miguel Ángel Martínez Hermida, dirección c/ Barrio Iglesia, nº 71 de Zamáns-Vigo (Pontevedra).
DNI: 36114032.
Hechos denunciados: prender fuego en los lugares no permitidos en los instrumentos de planificación del Parque Natural del Monte Aloia.
El denunciado que fue notificado en primer lugar sobre las 11 horas por el vigilante Rafael Costas y posteriormente por el agente, alegó que dicho fuego, situado dentro de un pequeño bidón encima de unas piedras a escasamente unos cinco centímetros del suelo pero soltando cenizas en el terreno en el cual estaba situado, no revestía peligro ya que lo tenía vigilado.
Cabe señalar que el denunciado y sus acompañantes no disponían de ningún medio de extinción.
Hechos denunciados el día 7 de julio de 2002 en el Parque Natural del Monte Aloia en el lugar de Pazos de Reis, en el término municipal de Tui.
Fecha del acuerdo de la incoación: 23-7-2002.
Precepto infringido: artículo 62 de la Ley 9/2001, de conservación de la naturaleza de 21 de agosto, en relación con el apartado 6.2º.m) del Plan de ordenación de los recursos naturales del Parque Natural del Monte Aloia, aprobado por Decreto 274/2001, de 27 de septiembre.
Precepto sancionador: artículo 69 de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza.
Sanción: 60,10 euros.