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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Lunes, 18 de noviembre de 2002 Pág. 16.087

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2002, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la modificación de la declaración de impacto ambiental del proyecto del parque eólico Farelo, en los municipios de Antas de Ulla (Lugo), Agolada y Rodeiro (Pontevedra), promovido por la empresa Elecnor, S.A.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación del impacto ambiental para Galicia, se hace pública la Resolución de 27 de agosto de 2002 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se modifica la declaración de impacto ambiental del proyecto del parque eólico Farelo, en los municipios de Antas de Ulla (Lugo), Agolada y Rodeiro (Pontevedra), promovido por la empresa Elecnor, S.A., que se transcribe como anexo a esta resolución.

Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2002.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria, Energía y Minas

ANEXO

Con fecha 18 de diciembre de 2001, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental formuló la declaración de impacto ambiental (DIA) del parque eólico de referencia.

Con fecha 24 de abril de 2002 tiene entrada en la Consellería de Medio Ambiente el documento titulado Parque Eólico Farelo. Documentación adicional al estudio de impacto ambiental. Abril 2002, presentado por el promotor en cumplimiento de lo requerido en los puntos 11.1 a 11.7 de dicha DIA.

Revisado el citado documento, se detectaron una serie de modificaciones de importancia en la configuración del parque, por lo que se le requirió al promotor la presentación de un documento técnico en el que se detallasen y justificasen la totalidad de las modificaciones introducidas.

En respuesta a este requerimiento, con fecha 7 de junio de 2002 se reciben en la Consellería de Medio Ambiente los documentos titulados Documentación adicional al estudio de impacto ambiental. Mayo 2002 y Control y seguimiento parque eólico Farelo. Informe previo.

Tras el informe favorable condicionado de la Dirección General de Patrimonio Cultural, dicha documentación cuenta, a los solos efectos ambientales, con el informe favorable de esta Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, según oficio de 27 de agosto de 2002, en el que se establece la planta definitiva que tendrá el parque eólico.

En consecuencia, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental resuelve establecer por la presente resolución la modificación de la DIA del

parque eólico Farelo en los términos que a continuación se indican:

En el punto 1. Ámbito de la declaración, se introducen las siguientes modificaciones:

1. El cuarto párrafo se sustituye por el siguiente:

La localización de los aerogeneradores e infraestructura asociada al parque eólico será la que se recoge en los planos P.E. Farelo. Detalle de infraestructuras. Fecha: abr/02. Planos FA-OC-01-1, 2, 3 y 4 a escala 1:4.000, incluidos en la documentación adicional al estudio de impacto ambiental. Mayo 2002.

2. La quinta línea de la página 4 de 26, donde dice:

«Las coordenadas UTM de los 37 aerogeneradores con posiciones definidas son las siguientes».

Se sustituye por:

«Las coordenadas UTM de los 38 aerogeneradores previstos son las siguientes».

3. La tabla de las coordenadas UTM de los aerogeneradores se sustituye por la siguiente:

AerogeneradorUTM XUTM Y

FA-1587.2364.731.231

FA-2587.3224.731.588

FA-3587.2354.731.822

FA-4587.3564.732.285

FA-5587.3004.732.393

FA-6587.1854.732.576

FA-7587.0944.732.682

FA-8587.3614.733.269

FA-9587.2664.733.390

FA-10586.8554.733.169

FA-11586.8254.733.290

FA-12586.7954.733.411

FA-13586.5994.733.770

FA-14586.0964.734.133

FA-15585.9684.734.159

FA-16585.8464.734.223

FA-17585.3464.734.804

FA-18585.3224.734.917

FA-19585.3094.735.046

FA-20585.2964.735.164

FA-21583.7204.736.970

FA-22583.7274.737.078

FA-23583.7074.737.196

FA-24583.6764.737.330

FA-25583.6104.737.461

FA-26583.5204.737.592

FA-27583.4944.737.689

FA-28583.4394.737.799

FA-29583.3804.737.912

FA-30583.2964.738.085

FA-31583.5434.738.678

FA-32583.4354.738.761

FA-33583.3384.738.837

FA-34583.6184.739.374

FA-35583.5264.739.460

FA-36583.4344.739.542

FA-37583.3954.739.700

FA-38583.3484.739.957