De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la incoación de los expedientes sancionadores por infracción al Reglamento de epizootias, Decreto de 4 de febrero de 1955, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.
Que asimismo designo instructor del expediente a José María Muíños Mayoral y secretaria a María Magdalena Santiago Pereira.
Lo que se notifica a los efectos previstos en el artículo 58 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la mencionada ley.
Se concede a los interesados un plazo de quince días para que puedan examinar los expedientes así como formular las alegaciones que estimen pertinentes, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, ya que de no efectuar las alegaciones en el plazo indicado, el acuerdo de incoación podrá ser considerado como propuesta de resolución.
Pontevedra, 4 de octubre de 2002.
José Manuel Gabeiras Vérez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente: AG-SA-75/2002-PO.
Denunciado: José Rodríguez Gómez.
Última dirección conocida: calle Xanteira, 6, B, Vigo.
Hecho denunciado: carecer del certificado de inscripción en el Registro de Vehículos para Transporte de Animales Vivos.
Fecha del acuerdo de incoación: 8-8-2002.
Preceptos infringidos: incumplimiento del artículo 52.4º del Decreto de 4 de febrero de 1955.
Precepto sancionador: artículo 224 del Reglamento de epizootias.
Sanción: 100 euros.
Expediente: AG-SA-87/2002-PO.
Denunciado: Feliciano Rial González.
Última dirección conocida: Manuel de Castro, nº 5, 3º D, Vigo.
Hecho denunciado: guía de origen caducada.
Fecha del acuerdo de incoación: 5-9-2002.
Preceptos infringidos: incumplimento de los artículos 36.64º y 212 del Decreto de 4 de febrero de 1955.
Precepto sancionador: artículo 224 del Reglamento de epizootias.
Sanción: 220 euros.