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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Miercoles, 30 de octubre de 2002 Pág. 15.385

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

ORDEN de 23 de septiembre de 2002 por la que se autoriza la transmisión mortis causa de las concesiones de las bateas Luisa I, G.M.I., O.S.I. y Tino III.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de las bateas Luisa I, G.M.I., O.S.I. e Tino III y de las concesiones administrativas que los ampara, resulta:

A) Antecedentes de hecho:

Primero.-Mediante escrito de fecha 4-12-2001, Gemma Sánchez Torrado solicitó autorización para la transmisión de las concesiones de las bateas anteriormente citadas.

Segundo.-Los informes del Servicio de Protección de Recursos sobre las características de las bateas y del Servicio Técnico Jurídico sobre la tramitación del expediente son favorables.

B) Fundamentos jurídicos.

Primero.-Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, y con la Orden de 14 de junio de 1999, de delegación de competencias en los delegados territoriales de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos.

Segundo.-El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de

1999, por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería

RESUELVE:

Autorizar la transmisión mortis causa, a favor de Mª Gemma Sánchez Torrado (76493829-S), 5/10 indivisos, Mª Manuel (76968056-M), Mª Gemma (76968182-Q), Enrique (76969377-S), Mª Jesús (52934696-N) y Francisco Javier Mariño Sánchez (52939102-W), 1/10 parte indivisa para cada uno de ellos, de las concesiones administrativas de las bateas que se indican a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Luisa I.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 264.

Polígono: E.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden otorgamiento: 3-5-1958.

Remate vigencia: 14-5-2003.

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: G.M.I.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 107.

Polígono: H.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden otorgamiento: 4-6-1974 (BOE/DOG nº 183, del 1 de agosto).

Remate vigencia: 1-8-2004.

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: O.S.I.

Localización:

Cuadrícula nº: 59.

Polígono: C.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden outorgamento: 3-3-1960 (BOE/DOG nº 66, del 17 de marzo).

Remate vigencia: 17-3-2005.

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Tino III.

Localización:

Cuadrícula nº: 36.

Polígono: C.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden otorgamiento: 29-2-1964 (BOE/DOG nº 77, del 30 de marzo).

Remate vigencia: 30-3-2004.

Actual titular: Manuel Mariño Vázquez (33190024-N).

Nuevos titulares: Mª Gemma Sánchez Torrado (76493829-S), 5/10 indivisos de las concesiones; Mª Manuela (76968056-M), Mª Gemma (76968182-Q), Enrique (76969377-S), Mª Jesús (52934696-N) y Francisco Javier Mariño Sánchez (52939102-W), 1/10 parte indivisa de las concesiones para cada uno de ellos.

Bajo las siguientes condiciones:

Primera.-El actual titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segunda.-Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera.-Los nuevos titulares de la concesión quedan subrogados en los derechos y obligaciones del anterior, desde el momento de formalización de la compraventa en escritura pública.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 23 de septiembre de 2002.

P.D. (Orden 14-6-1999, DOG nº 120, del 24 de junio)

Beatriz Mato Otero

Delegada territorial de A Coruña