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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Martes, 29 de octubre de 2002 Pág. 15.311

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 23 de octubre de 2002 por la que se clasifica como benéfico-social la Fundación Galicia Verde.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Galicia Verde con domicilio en Lampai-Teo (A Coruña).

Supuestos de hecho.

1. La fundación, en escrito de ocho de agosto de 2002 formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Ponteareas, el día 30 de enero de 2002, ante el notario José Manuel Gómez Varela, con el número doscientos treinta y ocho de su protocolo por Enrique Banet López de Rego, Juan José Abia Alonso, Juan Carlos Martín Marcos y José Antonio Huerga Yánez; intervienen en nombre y representación propia, esta escritura fue rectificada por otra posterior de fecha 30 de julio de 2002 ante el mismo notario y con el número de protocolo dos mil ciento sesenta y uno.

3. Según consta en el artículo 2 de sus estatutos el objeto de la fundación es la investigación, la formación, la promoción y la conservación de la agricultura y ganadería ecológicas, el medio natural, la bioconstrucción y la sostenibilidad con relación a la salud integral del medio ambiente y del ser humano, prestando especial atención a la solidaridad, a la biodiversidad y a los derechos humanos.

4. El patronato de la fundación estará integrado por Enrique Banet López de Rego, Juan José Abia Alonso como vicepresidente, Juan Carlos Martín Marcos como secretario, José Antonio Huerga Yáñez como tesorero e Isabel Rivera Torres, Grancisco Díaz Fierros, Marcos González González y Juan Carlos Sanmartín Lens como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública propuesta de clasificación como benéfico-social de la Fundación Galicia Verde dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como benéfico-social y su adscripción a la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 22 de octubre de 2002.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como benéfico-social la Fundación Galicia Verde adscribiéndola a la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 23 de octubre de 2002.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones

Institucionales y Administración Pública