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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 206 Jueves, 24 de octubre de 2002 Pág. 15.130

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2002 por la que se adjudican las ayudas correspondientes al Programa de Tecnologías de la Construcción y Conservación del Patrimonio convocadas en el anexo V de la Orden de 29 de abril de 2002 (Diario Oficial de Galicia del 15 de mayo), por la que se aprueban las bases que regirán las convocatorias de ayudas correspondientes a las acciones del Programa Sectorial de Tecnologías para la Innovación del PGIDT.

La Orden de 29 de abril de 2002 (DOG del 15 de mayo), por la que se aprueban las bases que regirán las convocatorias de ayudas correspondientes a las acciones del Programa Sectorial de Tecnologías para la Innovación del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica y se procede a su convocatoria, prevé, en su anexo V, la concesión de ayudas correspondientes al Programa de Tecnologías de la Construcción y Conservación del Patrimonio.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria y atendiendo a las disponibilidades de crédito y a la propuesta elaborada por

la Comisión de Selección prevista en el apartado 6 de las bases de la convocatoria, esta consellería

RESUELVE:

Primero.-Conceder las ayudas para la realización de proyectos de investigación aplicada para realizar por grupos de investigación consolidados y de excelencia en universidades, organismos públicos de investigación y centros públicos de investigación de la Comunidad Autónoma, a las personas que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, en las cuantías que en cada caso se señalan y por el período de tiempo indicado, que se computará a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG. Aquellos proyectos que figuran en dicho anexo con autorización para contratar personal, deberán realizar dicha contratación conforme a las normas establecidas por las bases de la convocatoria.

Las ayudas que se relacionan en el anexo I comprenden la totalidad de la subvención necesaria para la realización del proyecto, incrementado en un 10% destinado a los gastos institucionales que su ejecución supone al organismo al que pertenece el investigador responsable.

Todas estas ayudas están cofinanciadas por fondos europeos FEDER MAC.

Segundo.-Conceder las ayudas para la realización de proyectos de investigación y desarrollo para empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro, a las que se relacionan en el anexo II de la presente resolución.

Tercero.-La Secretaría General de Investigación y Desarrollo adoptará las medidas necesarias para la instrucción de los correspondientes expedientes de gasto.

Cuarto.-La inobservancia por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de la convocatoria de 29 de abril de 2002 supondrá la perdida del derecho a percibir la subvención correspondiente.

Quinto.-Contra esta resolución se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano en un plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. De no estimar la interposición de este recurso, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en un plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de octubre de 2002.

P.D. (Orden 29-4-2002, DOG del 15 de mayo)

Miguel A. Ríos Fernández

Secretario general de Investigación y Desarrollo