La Orden de 26 de noviembre de 1993 (DOG del 23 de diciembre), en su artículo 2 establece que se les convalidará el curso de especialización en lengua gallega a los licenciados en filología y a los diplomados en EGB por las escuelas universitarias de formación del profesorado de EGB, que estén en posesión de los certificados del ciclo elemental y del ciclo superior de gallego de las escuelas oficiales de idiomas. Por ello,
DISPONGO:
Artículo 1º
Conceder la convalidación del curso de especialización en lengua gallega a las personas que a continuación se relacionan, por reunir los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden de 26 de noviembre de 1993:
Mª José Dopico Rodríguez: 33217799.
Mª Montserrat Logroño Silva: 35313017.
Mª del Carmen Cameselle Paz: 36079405.
Artículo 2º
La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria les expedirá los correspondientes diplomas.
Disposición final
Se faculta a la Dirección General de Política Lingüística de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria para el desarrollo de esta orden.
Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2002.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación
Universitaria