En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en este, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general, fueron depositados el acta de constitución y estatutos de la Asociación Galega de Gardas de Caza e Pesca que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán ser miembros de la asociación los guardas particulares de campo.
Firman el acta de constitución: José Manuel Rodríguez Pérez y tres personas más.
Santiago de Compostela, 23 de septiembre de 2002.
José Vázquez Portomeñe
Director general de Relaciones Laborales