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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Lunes, 14 de octubre de 2002 Pág. 14.647

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 2 de octubre de 2002 por la que se clasifica como de interés benéfico-social la Fundación Don Miguel Fortes Alonso y Doña Concepción Fortes Eiró.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Don Miguel Fortes Alonso y Doña Concepción Fortes Eiró, con domicilio en Taboexa (Pontevedra).

Supuestos de hecho.

1. La fundación, en escrito de 11 de septiembre de 2002, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. Miguel Fortes Alonso y su mujer, Concepción Fortes Eiró murieron en el municipio de As Neves, de donde eran vecinos, el día 1 de octubre de 1975 y 30 de septiembre de 1979, respectivamente, en estado de casados en únicas nupcias, sin dejar descendientes ni ascendientes.

Los dos causantes otorgaron su último testamento el 19 de julio de 1973 ante el entonces notario de Vigo Alfonso Leirós Fernández, bajo los números 1930 y 1931, respectivamente, de orden de su protocolo, por el que revocaron, anularon y dejaron sin efecto alguno testamentos anteriormente otorgados, dando vigencia, valor y eficacia al otorgado el día 2 de diciembre de 1966, ante el notario Demetrio Méndez Curiel, que figura en el protocolo de éste con el número 3893 (3894 en el testamento de la causante). Por los reseñados testamentos otorgados ante el notario de Vigo, ambos causantes crearon la fundación con la denominación de Patronato D. Miguel Fortes Alonso y Dª Concepción Fortes Eiró, consignando sus estatutos; pero por ser necesario adaptarlos a la legislación vigente es por lo que se otorga, el 2 de julio de 2002, por lo albaceas testamentarios Celso Rodríguez Alonso y Santiago López Vaqueiro escritura pública de constitución de la Fundación Don Miguel Fortes Alonso y Doña

Concepción Fortes Eiró ante el notario de Vigo José Luis Lorenzo Areán, con el número 1263 de protocolo.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, el objeto de la fundación es:

a) Ayudar a sufragar los gastos de la carrera eclesiástica de los naturales y vecinos de las parroquias de Taboexa, Rubiós, Meder, Leirado y de la diócesis de Tui-Vigo. Se costeará la carrera sacerdotal a tantos aspirantes a ella cuantos pueda sufragar la fundación con la renta anual asignada para ello, y con la acumulación del dinero a tal fin asignado en años anteriores que no se halle invertido por falta de candidatos al sacerdocio. Los gastos que se sufragan son sólo los de la pensión en el Centro de Formación Sacerdotal.

b) Socorrer a los pobres de la parroquia de Taboexa y parroquias próximas según el criterio del patronato de la fundación. Y se preferirá socorrer las circuns

tancias anormales que en un año hayan acaecido sobre alguna familia necesitada determinada.

c) Cooperar en el sostenimiento del culto de la parroquia de Taboexa y de la conservación de su iglesia y casa rectoral. El párroco o ecónomo quedará obligado a ofrecer todos los meses una misa rezada por los fundadores del patronato, cuando éstos hayan fallecido, y por sus familiares difuntos; y anualmente un funeral solemne con los mismos fines, que procurará sea en fecha relacionada con la defunción de los fundadores.

4. El patronato de la fundación estará integrado por el cura párroco o ecónomo regente de la parroquia de Taboexa, cargo que en la actualidad desempeña el reverendo Antonio Pereira López como presidente, Celso Rodríguez Alonso como secretario-tesorero y Santiago López Vaqueiro, José Davila Fortes y Rosa Domínguez Gómez como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías elevó al conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública propuesta de clasificación como de interés benéfico-social de la Fundación Don Miguel Fortes Alonso y Doña Concepción Fortes Eiró, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como de interés benéfico-social y su adscripción a la Consellería de Asuntos Sociales.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 1 de octubre de 2002.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como de interés benéfico-social la Fundación Don Miguel Fortes Alonso y Doña Concepción Fortes Eiró, y adscribirla a la Consellería de Asuntos Sociales, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 2 de octubre de 2002.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones

Institucionales y Administración Pública