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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Miercoles, 09 de octubre de 2002 Pág. 14.536

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2002, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifican las incoaciones de los expedientes sancionadores PO-EN-2002/13 y otro más (espacios naturales-Pontevedra).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan, las incoaciones de los expedientes sancionadores, por infracción de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza.

Que asimismo, designo instructora del expediente a Pilar Pita Ponte y secretaria a Rosa María Siota Diéguez.

Lo que se notifica, a los efectos previstos en el artículo 29 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la citada ley.

A los efectos previstos de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los denunciados dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular las alegaciones, aportar los documentos o aportar las pruebas que convengan a su derecho, advirtiéndoles que de no efectuar alegación ninguna en el plazo fijado, estos acuerdos de incoación podrán ser considerados propuestas de resolución, de darse los supuestos previstos en el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9 de agosto).

Pontevedra, 24 de septiembre de 2002.

José Antonio López Rodríguez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

-Expediente: PO-EN-2002/13.

Denunciado: Miguel Ángel Martínez Hermida, dirección c/ Barrio Iglesia, nº 71 de Zamáns-Vigo (Pontevedra).

DNI: 36114032.

Hechos denunciados: prender fuego en los lugares no permitidos en los instrumentos de planificación del Parque Natural del Monte Aloia.

El denunciado que fue notificado en primer lugar sobre las 11 horas por el vigilante Rafael Costas y posteriormente por el agente, alegó que dicho fuego, situado dentro de un pequeño bidón encima de unas piedras a escasamente unos cinco centímetros del suelo pero soltando cenizas en el terreno en el cual estaba situado, no revestía peligro ya que lo tenía vigilando.

Cabe señalar que el denunciado y sus acompañantes no disponían de ningún medio de extinción.

Hechos denunciados el día 7 de julio de 2002 en el Parque Natural del Monte Aloia en el lugar de Pazos de Reis, en el término municipal de Tui.

Fecha del acuerdo de la incoación: 23-7-2002.

Precepto infringido: artículo 62 de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza, en relación con el apartado 6.2º m) del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural Monte Aloia, aprobado por Decreto 274/2001, de 27 de septiembre.

Precepto sancionador: artículo 69 de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza.

Sanción: 60,10 euros.

-Expediente: PO-EN-2002/20.

Denunciado: Manuel Gil Rodríguez, dirección c/ Costal (Castiñeiriño), nº 9 de Ribadelouro-Tui (Pontevedra).

DNI: 37348541.

Hechos denunciados: usar 20 metros cuadrados de terreno del Parque Natural del Monte Aloia para dedicarlos a jardín sin contar con autorización.

Hechos denunciados el 12 de junio de 2002.

Con la misma fecha presenta otra denuncia por lo siguiente:-Obstrucción y resistencia a la labor inspectora y vigilante en el ejercicio de mis funciones en el Parque Natural del Monte Aloia. O denunciado obstruyó mi labor de inspección cuando fotografiaba un abandono de residuos depositados por el mismo, increpándose a salir de allí ya que el pagaba por dicho terreno del parque natural.

Con fecha 13 de junio de 2002 presenta otra denuncia contra la misma persona por lo siguiente:-Abandono o depósito de residuos en el Parque Natural del Monte Aloia. El denunciado tiene amontonados frente a su vivienda, pero en los terrenos del parque, residuos de forjado (hierros, maderas, cañotas de raíces y un vehículo semidesgüazado).

Con fecha 19 de junio de 2002 presenta otra denuncia contra Manuel Gil Rodríguez por lo siguiente:-Uso del terreno del Parque Natural Monte Aloia para depositar dos camiones de tierra sin ninguna autorización.

Fecha del acuerdo de la incoación: 24-7-2002.

Precepto infringido: artículo 64 apartados 3.4º y 7º de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza, en relación con el punto 6 del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural Monte Aloia, aprobado por Decreto 274/2001, de 27 de septiembre.

Precepto sancionador: artículo 69 de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza.

Sanción: 6.611,13 euros y restauración del medio natural al ser y estado previos a los hechos constitutivos de la infracción y, de non cumplir con lo ordenado se impondrán multas coercitivas hasta el total cumplimiento de lo ordenado.